Impuesto a las Ganancias: Milei reglamentó los cambios y determinó quiénes tendrán que pagar

Impuesto a las Ganancias: Milei reglamentó los cambios y determinó quiénes tendrán que pagar

La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año.

CÁLCULOS. Ganancias tiene, desde hoy, un nuevo piso para pagar el impuesto. CÁLCULOS. Ganancias tiene, desde hoy, un nuevo piso para pagar el impuesto.
22 Julio 2024

El Gobierno nacional reglamentó hoy los cambios en el Impuesto a las Ganancias, lo que determina quiénes tendrán que pagar desde este mes. Así como lo habían anticipado fuentes oficiales, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $1.5 millón netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 millón netos). Esta vez, 1 millón de trabajadores se sumarán al pago del impuesto.

El presidente Javier Milei firmó el decreto que reglamenta los cambios tras la aprobación del paquete fiscal, que se publicó hoy en el Boletín Oficial. Era una de las medidas pendientes luego de que salieran las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.

Los nuevos montos

Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio. 

Los nuevos montos a pagar arrancan en (aproximadamente) $3.000 pesos mensuales hasta los $60.000 mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los $100.000 mensuales quienes ganan más de $2.500.000 en sueldo bruto. Los pagos que reciban los trabajadores como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Cuánto pasará a pagar un soltero

$1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias

$1.900.000 de remuneración bruta- alícuota máxima del 5% (retención $4.500).

$2.000.000: alícuota máxima del 9% (retención: $10.940)

$2.100.000: alícuota máxima 12% (retención: $19.880)

$2.200.000: alícuota máxima 15% ($30.800)

$2.300.000: alícuota máxima 15% ($44.142)

$2.400.000: alícuota máxima 19% ($61.979)

$2.500.000: alícuota máxima 19% ($80.979)

$2.600.000: alícuota máxima 19% ($99.979)

$2.700.000: alícuota máxima 19% ($118.979)

$2.800.000: alícuota máxima 23% ($138.817)

$3.200.000: alícuota máxima 23% ($230.817)

$3.300.000: alícuota máxima 27% ($256.655)

$3.900.000: alícuota máxima 27% ($418.655)

$4.900.000: alícuota máxima 35% ($728.493)

$5.100.000: alícuota máxima 35% ($797.830)

$5.500.000: alícuota máxima 35% ($937.830)

Cuánto deberá pagar un casado

$1.800.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias

$1.900.000 de remuneración bruta- no pagará Impuesto a las Ganancias

$2.000.000: no pagará Impuesto a las Ganancias

$2.100.000: alícuota máxima 5% (retención: $216)

$2.200.000: alícuota máxima 5% ($4.366)

$2.300.000: alícuota máxima 9% ($11.864)

$2.400.000: alícuota máxima 12% ($23.151)

$2.500.000: alícuota máxima 15% ($37.439)

$2.600.000: alícuota máxima 19% ($53.490)

$2.700.000: alícuota máxima 19% ($72.490)

$2.800.000: alícuota máxima 19% ($91.490)

$3.200.000: alícuota máxima 23% ($174.540)

$3.300.000: alícuota máxima 23% ($197.540)

$3.900.000: alícuota máxima 27% ($352.591)

$4.900.000: alícuota máxima 31% ($652.641)

$5.100.000: alícuota máxima 31% ($714.641)

$5.500.000: alícuota máxima 35% ($852.191)

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