Nación desconoce la validez de un título por el que reclaman pedagogos tucumanos

Nación desconoce la validez de un título por el que reclaman pedagogos tucumanos

Gestión Universitaria aclaró que no existe registro de una carrera dictada por la Universidad de Beni, Bolivia.

Ministerio de Educación de la Nación (Sede). Ministerio de Educación de la Nación (Sede).
16 Julio 2024

El Ministerio de Educación de la Nación desconoce la validez de un título obtenido por pedagogos en la Universidad Autónoma de Beni José Ballivian, Bolivia. Alrededor de 70 damnificados prevén realizar este miércoles una marcha frente a la Casa de Gobierno.

“No existe registro alguno de reconocimiento oficial y su consecuente validez nacional de la carrera ‘Programa de Complementación y Nivelación a Licenciatura en Pedagogía’. Por otra parte, tampoco obran registros sobre el inicio de un trámite de creación de una universidad con esa denominación”, aclaró Matías Zubiría Mansilla, asesor de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria.

La respuesta se dio ante un pedido de informes de la ministra de Educación de Tucumán, Susana Montaldo, y corresponde a abril de este año. Este lunes se conoció que Soraya Daniela Ale, Jesica Paola Andrada, María de los Ángeles Apas, entre otros, denunciaron en la Justicia a Montaldo, a quien reprochan “habernos dejado fuera del padrón”. “Nos quita el puntaje obtenido en tacha de 2023, intentando bajarnos de 10 a 2 puntos, únicamente reconociendo nuestro título como un simple curso”, señalaron los pedagogos, que están representados por el abogado Carlos Posse.

Los denunciantes solicitaron al fuero penal que se investiguen los presuntos delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y de abuso de autoridad, según consta en la presentación judicial.

“Esto afecta a más de 1.000 profesionales (que quedaron) inhabilitados para trabajar en Tucumán”, afirmaron. Aseguraron que la ministra “mantiene la tesitura de no dar valor al título expedido por la Universidad Autónoma de Beni José Ballivian de la cual somos egresadas, pese a tener convenio provincial, nacional y por el Mercosur como universidad que imparte clases on-line”. Y objetaron que se haya “realizado cambios en las incumbencias, que se encontraban vigentes desde 1992, con lo que se deja habilitadas únicamente a las egresadas de la UNT, excluyendo a todas las demás”.

Los denunciantes remarcaron que estuvieron desempeñándose y ejerciendo sus cargos durante años, pero ahora “sin motivo alguno, se les dejó fuera”. “Les resulta imposible ejercer su profesión. Años de estudio y de trabajo se verán afectados”, añadieron. Y advirtieron que, ante este escenario, deberían “iniciar una nueva carrera o repetir la misma, pero en la UNT, perdiendo su lugar en el listado de méritos y el puntaje ganado con años de esfuerzo”.  “somos víctimas de una funcionaria poderosa, que pisotea todo el marco normativo para beneficiar a la UNT y al Colegio de Pedagogos”, cerraron.

Este documento de la Nación, firmado por la Dirección de Gestión Universitaria, es en el que se basa la ministra Montaldo, según confiaron fuentes de Educación. “La Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián” (Estado Plurinacional de Bolivia), no es una institución que se le haya otorgado el reconocimiento oficial para funcionar en nuestro país, por lo que cualquier título que expida no posee validez en Argentina. A esto sumamos que no encontramos registro en nuestra Secretaría de la Asociación Asecade, donde intuimos un convenio para dictar esta carrera en una supuesta unidad académica de Tucumán”, se lee en la respuesta de la Nación a la Provincia.

Se agrega que por tratarse de una institución extranjera, debería acogerse “a los términos de: las Leyes N° 24.521 de Educación Superior (régimen de títulos art. 40 al 43) y N° 26.793 (ofertas académicas de instituciones extranjeras); a los Decretos Reglamentarios N° 276/1999 (normas a las que se deberán ajustar las instituciones universitarias extranjeras que pretendan instrumentar ofertas educativas) y N° 576/1996 (donde se especifica los trámites que se deben realizar tanto para la creación de una universidad, como así también para el reconocimiento de una institución extranjera)”.

Y se cita la Ley 24.521 de Educación Superior: “Los establecimientos privados cuya creación no hubiere sido autorizada conforme a las normas legales pertinentes no podrán usar denominaciones ni expedir diplomas, títulos o grados de carácter universitario. La violación de esta norma dará lugar a la aplicación de sanciones conforme lo establezca la reglamentación de la presente ley, la que podrá llegar a la clausura inmediata y definitiva de la entidad y a la inhabilitación de los responsables para ejercer la docencia, así como para desempeñar la función pública o integrar órganos de gobierno de asociaciones civiles dedicadas a la educación superior”.

“El uso de las palabras ‘Universidad’, ‘Facultad’, ‘universitario’ y sus derivados, aún empleadas en idioma extranjero, para distinguir instituciones, actividades, competencias, títulos o profesiones, está reservado exclusivamente a las instituciones legalmente habilitadas para funcionar como universitarias, salvo las excepciones expresamente autorizadas por la legislación vigente”, aclaró el funcionario en la respuesta a Montaldo.

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