La Corte anuló un fallo que ordenaba al Ejército entregarle tierras a una comunidad mapuche

La Corte anuló un fallo que ordenaba al Ejército entregarle tierras a una comunidad mapuche

El tribunal consideró que en el caso se omitió dar intervención a la provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio.

La Corte anuló un fallo que ordenaba al Ejército entregarle tierras a una comunidad mapuche
02 Julio 2024

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) anuló la causa en la que se le cedió a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue un predio de 180 hectáreas registradas a nombre del Ejército Argentino sobre la ladera oeste del cerro Otto, localidad de San Carlos de Bariloche.

Se trata de un caso clave en donde, incluso, en los tribunales federales de Comodoro Py 2002 se había abierto una causa penal para investigar la responsabilidad de los funcionarios nacionales que no apelaron a tiempo la decisión.

¿Por qué la Corte anuló todo el proceso? Porque en el caso se omitió dar intervención a la provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio.

Argumentos

“Las circunstancias son suficientes para advertir, sin mayor esfuerzo, que la Provincia de Río Negro debe ser convocada a efectos de integrar la litis correctamente. Su interés en el conflicto resulta evidente, pues la actora pretende instrumentar una resolución del INAI que fue dictada sin el debido respeto a los poderes concurrentes de la provincia en la materia. También es clara su legitimación para reclamar judicialmente participación en el asunto”, sostuvo el fallo, consignó Infobae.

La CSJN reafirmó que “las provincias tienen un claro interés institucional en defender el ejercicio de sus atribuciones concurrentes en materia de derechos de los pueblos indígenas; y están habilitadas para actuar en juicio con esa finalidad”. 

Y por ello, al no habérsela invitado a ser parte de esta causa, el máximo tribunal hizo “uso de las facultades de excepción que empleó en casos similares en procura de la debida salvaguarda de las garantías constitucionales de la defensa en juicio y del debido proceso”. Así anuló toda la causa.

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