Ley Bases y paquete fiscal: 10 claves para entender lo que aprobó el Senado

Ley Bases y paquete fiscal: 10 claves para entender lo que aprobó el Senado

Los senadores aprobaron el RIGI, las facultades delegadas, el impuestos al tabaco y el paquete de privatizaciones.

EDIFICIO DEL CONGRESO. EDIFICIO DEL CONGRESO.
13 Junio 2024

Una de las clave para obtener la aprobación de la Ley Bases y el paquete fiscal fue el el Gobierno cedió en varios puntos del proyecto original. Los libertarios aceptaron modificar varios puntos en particular y así la votación en general quedó igualada en 36, por lo que desempató la vicepresidenta y titular del Senado, Victoria Villarruel.

Los senadores aprobaron el RIGI, facultades delegadas, impuestos al tabaco y el paquete de privatizaciones, los puntos que mayor conflicto suscitaron en la discusión de la Ley de Bases. Estos son los artículos clave que cedió el Gobierno para aprobar la ley Bases en el Senado:

1- Las Grandes Inversiones

El RIGI fue acompañado también por tres senadores kirchneristas: Guillermo Andrada (Catamarca), Carolina Moisés (Jujuy) y Sandra Mendoza (Tucumán). De ese modo, el oficialismo alcanzó los 38 votos positivos.

De la mayoría que había consolidado el oficialismo, con 36 voluntades, no acompañó en este punto el senador Edgardo Kueider (Entre Ríos). En este contexto, la minoría quedó con 32 votos negativos.

2- Las facultades delegadas

En facultades delegadas, los senadores Martín Lousteau y Maximiliano Abad (ambos radicales) votaron en contra. Los santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano fueron la garantía para el oficialismo, al haber votado a favor.

La votación quedó 35 a 35 y volvió a desempatar la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, como en la votación en general, ya que Lousteau y Abad quedaron del lado del kirchnerismo que aglomera 33 escaños.

3- Las privatizaciones y la reforma del Estado

Una idéntica maniobra política replicaron Carambia y Gadano durante la votación del paquete de empresas a sujetas a privatizar o de privatización parcial. En tabaco, el kirchnerismo volvió a aportarle porotos al oficialismo, algo similar ocurrió en Diputados.

Al abrirse la sesión, el presidente provisional de la Cámara alta y titular de la comisión de Legislación General -miembro informante-, Bartolomé Abdala, anunció que se agregaban en la exclusión de influencias sobre estructura jurídica o reorganización a “aquellos organismos vinculados a la cultura”.

Además, “en los casos de reorganización, modificación o transformación de la estructura jurídica, centralización, fusión o escisión de los organismos relacionados con la ciencia, la tecnología y la innovación, se garantizará el financiamiento para la continuidad de las funciones de dichos organismos en el marco del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030″.

Se incorporó la “Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) como organismo excluido de la facultad de intervenir”. Seguido a ello, Abdala comentó la quita de Aerolíneas Argentinas, RTA y Correo Argentino del anexo relacionado con la posibilidad de privatización.

4- El impuestos al tabaco

El título que le impone incrementos en los aranceles al tabaco terminó con 33 votos a favor, 10 en contra y 27 abstenciones, varias de ellas motorizadas por el kirchnerismo duro, al igual que los votos negativos.

Esta reforma impositiva del tabaco fue uno de los artículos menos tratados dentro del debate parlamentario de la ley Bases en el Senado y ni siquiera estaba incluido en el dictamen. Sancionado de improviso en Diputados, tuvo la misma suerte en la Cámara alta y logró su aprobación por mayoría, con un importante número de abstenciones.

Dos tabacaleras que estaban beneficiadas por una medida cautelar por la cual eludían el pago de impuestos sufrieron un revés judicial frente a un reclamo de la AFIP. Se trata de la misma ventaja competitiva que mantiene Tabacalera Sarandí, de Pablo Otero, por la cual al no cumplir con la obligación del impuesto interno sus cigarrillos se venden al público a un precio más barato, lo que le permitió ganar una mayor participación de mercado.

6- Impuesto a las Ganancias

La iniciativa votada establecía que el nuevo mínimo no imponible sería a partir de $1,8 millones brutos para solteros y $ 2.340.000 para casados con dos hijos. Este mínimo, sin embargo, difiere del primer proyecto original, que estaba en el orden de $ 1,2 millones.

La alícuota mínima que proponía era del 5% sobre la ganancia neta y se incrementaba hasta el 35% de acuerdo al nivel de ingresos. También buscaba eliminar algunas exenciones, como el diferencial para trabajadores de la región patagónica y las horas extra, pero considera el pago del aguinaldo. Prevé una actualización de las escalas a partir del 2025.

El Senado rechazó el título 5 del paquete fiscal referido al impuesto a las Ganancias. El resultado de la votación fue de 41 votos en contra y 31 a favor.

7- Bienes personales

El tercer título del paquete fiscal establece un cambio en el impuesto a los bienes personales, que grava la posesión de propiedades en el país y en el exterior. Con la nueva norma, se aumenta de $27 millones a $100 millones el piso a partir del cual una persona será alcanzada por el tributo y modificando las alícuotas.

Otro de los cambios fue la baja de las alícuotas: la iniciativa aprobada en Diputados establecía alícuotas progresivas que van del 0,5% a 1,5%, mientras que en la actualidad el tope máximo es de 1,75%. Además, se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%.

El texto nuevo establece beneficios para los contribuyentes cumplidores, que obtendrán una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen (es decir que, si les corresponde pagar 1,5% de impuestos, pasarían a pagar 1%). En tanto, quienes decidan pagar 5 años del impuesto por adelantado pagarán una alícuota especial de 0,45% por año.

Sin embargo, la votación en particular del Senado eliminó el capítulo correspondiente a los Bienes Personales. La Cámara de Diputados deberá definir si la supresión queda efectiva una vez promulgada la ley.

8- Blanqueo de capitales

El Régimen de Regularización de Activos y contempla un blanqueo dirigido a aquellos contribuyentes que no tienen sus activos declarados en el país.

Con la nueva ley, las personas que realicen el blanqueo de hasta U$S100.000 no tendrán que pagar ninguna penalización por los bienes no declarados, mientras que quienes superen esa cifra pagarán, en una primera etapa (hasta el 30 de septiembre) una alícuota del 5% sobre el excedente declarado.

En una segunda etapa, desde octubre a diciembre de 2024, se establece una alícuota del 10%, y en un tercer tramo, de enero a marzo de 2025, el gravamen por los bienes no declarados será del 15%.

9- Nueva moratoria impositiva

Se incorpora el denominado Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social Disposiciones Generales. Se trata de una moratoria dirigida a contribuyentes para regularizar deudas vencidas al 31 de marzo del 2024, quienes tendrán la posibilidad de regularizar su situación a través del pago al contado o en cuotas.

Se establece que quienes ingresen dentro de los primeros 30 días de sancionada la ley tendrán una condonación del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios. Esa exención va bajando a medida que se amplían los plazos de ingreso a la moratoria.

10- Modificaciones en el monotributo social

Otro aspecto clave de la ley tiene que ver con la eliminación del impuesto que grava las transferencias de inmuebles, que hoy asciende al 1,5% del precio de venta.

Además contempla las modificaciones en el monotributo, con actualizaciones en los máximos de facturación que asciende a $68 millones anuales (actualmente el máximo son $16 millones anuales) y nuevas alícuotas que ascenderían de acuerdo a las categorías (la más alta será de $ 375 mil mensuales).

Dentro de los ejes, se eliminó la prórroga del monotributo social. Esta categoría buscaba promover la formalización de los sectores de menores ingresos, al permitirles pagar un costo mínimo de $3.200. De ratificarse su eliminación en Diputados, tendrían que abonar sumas superiores a los $26.000.

Otro de los puntos que se modificaría en relación al anterior proyecto, es que el límite de los alquileres para las categorías más bajas suba de $ 87.500 al mes a $ 125.000, dado que se adapta a los costos que mantienen hoy en día las locaciones.

El escrito establece que las categorías del monotributo vayan de $ 6.450.000 a $ 68 millones, en relación a la facturación anual. Mientras que el importe a pagar por alquileres y servicios sería de $ 26.600 a $ 867.084,75.

Por otra parte, no se establecerán límites para las categorías más altas según la actividad realizada por el contribuyente. Es decir que los alquileres, por ejemplo, podrán inscribirse en categorías I, J o K. Además, el proyecto propone eliminar los tratamientos diferenciales, como la exención impositiva tanto a aquellos que estén asociados a cooperativas de trabajo o a los pequeños contribuyentes.

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