El Gobierno retrocedió con la decisión de quitar a las grúas de los seguros de autos

El Gobierno retrocedió con la decisión de quitar a las grúas de los seguros de autos

Se resolvió postergar el cambio para más adelante, cuando existan otras condiciones en el mercado, indicaron en la Superintendencia de Seguros.

Imagen ilustrativa.  (Foto Cuartoscuro) Imagen ilustrativa. (Foto Cuartoscuro)
11 Junio 2024

El Gobierno nacional retrocedió con la decisión de quitar a las grúas de los seguros de autos. La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial y la decisión fue anunciada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. 

Los conductores plantearon sus quejas y reclamos por ese servicio de cobertura en el seguro y el Gobierno dio marcha atrás. A través de la Resolución Sintetizada 269/2024, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) eliminó la medida que tendría que haber entrado en vigencia el próximo 24 de julio.

Ahora, la intención del Gobierno es no sumar malestar en la sociedad ante el ajuste que lleva adelante con las subas de tarifas. Se resolvió postergar el cambio para más adelante, cuando existan otras condiciones en el mercado, indicaron en la dependencia.

El auxilio mecánico

Hace dos meses, en abril pasado, a través de otra resolución, se había determinado que las compañías de seguros debían cubrir los costos de acarreo y auxilio mecánico únicamente en casos de “daño y/o incendio que impida la circulación del vehículo, robo y/o hurto”.

El Gobierno retrocedió con la decisión de quitar a las grúas de los seguros de autos

Esto implicaba que las aseguradoras dejarían sin efecto la cobertura obligatoria que rige hoy, donde por “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible” también se procedía con el traslado de la unidad afectada.

Si bien la medida no obligaba a las empresas a dejar de ofrecer grúa y asistencia mecánica, las eximía de la obligación de hacerlo.

El traslado del vehículo

La reciente “Cláusula de emisión obligatoria” establecía que “en caso de daño y/o incendio o robo o hurto, serían a cuenta del Asegurador, aunque con la indemnización lleguen a exceder la suma asegurada, los gastos normales, necesarios y razonablemente incurridos por: a) El traslado del vehículo hasta el lugar más próximo al del siniestro o al de su aparición en caso del robo o hurto, donde se pueda efectuar su inspección, reparación o puesta a disposición del asegurado y b) La estadía del vehículo en garaje, taller, local o depósito, para su guarda a los efectos de su reparación o puesta a disposición del asegurado”.

Ahora, con la marcha atrás, el servicio de remolques -que consiste en el servicio de auxilio mecánico de emergencia- estará presente para “cualquier tipo de falla, avería mecánica o accidente” que sufra el vehículo asegurado y que le impida continuar su normal circulación. Además, aclararon que el servicio está vigente durante las 24 horas del día, los 365 días del año.

Cómo se aplicará el servicio

La decisión oficial incluye la forma en que se dará el funcionamiento del servicio que las compañías de seguros estarán nuevamente obligadas a brindar.

Las condiciones que establecieron incluye un radio de kilómetros de ida más la misma cantidad de vuelta, que no podrá ser inferior a cien kilómetros. “De exceder el traslado, los radios detallados anteriormente y previa conformidad del asegurado antes de dar inicio al remolque, se abonará al móvil de asistencia un cargo adicional.

El cargo adicional será establecido por acuerdo entre el Asegurado y la prestadora del servicio, no existiendo responsabilidad alguna de la Aseguradora en la determinación del mismo.

De ser necesario el remolque del vehículo, no podrá haber ninguna persona en el interior del vehículo durante el traslado, y será necesario que al conductor de la grúa lo acompañe al menos una persona responsable y no mas de la cantidad que permita el límite de ocupantes del vehículo con el que se realice el traslado.

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