Tensión entre la Caja Popular y el Tribunal de Cuentas: Díaz denuncia "prácticas autoritarias"

Tensión entre la Caja Popular y el Tribunal de Cuentas: Díaz denuncia "prácticas autoritarias"

Mediante un apoderado, el interventor de la CPA recusó nuevamente al presidente del ente de control, Miguel Terraf. Un conflicto de larga data.

Tensión entre la Caja Popular y el Tribunal de Cuentas: Díaz denuncia prácticas autoritarias
10 Junio 2024

"Prácticas autoritarias y maniobras abusivas". Así lo consignó Marcelo Lizárraga, apoderado legal y representante del interventor de la Caja Popular de Ahorros, José Díaz, en el marco de un escrito que presentó ante el presidente del Tribunal de Cuentas, Miguel Chaibén Terraf

El titular de la CPA y otros 50 empleados de esa entidad crediticia estatal debe afrontar un Juicio de Responsabilidad dispuesto por las máximas autoridades del Tribunal de Cuentas. Según las actuaciones administrativas, el TC responsabiliza al interventor de la Caja por las comisiones de servicios en las cuales se autorizó a los empleados imputados a prestar servicios en otras reparticiones

En la última presentación realizada por el abogado Lizárraga, que representa a Díaz, se señala como antecedente y génesis del conflicto una denuncia realizada por Díaz, quien al asumir en su cargo detectó irregularidades que, según él, fueron aprobadas anteriormente por el Tribunal de Cuentas. En la presunta maniobra se habrían detectado actividades potencialmente ilegales realizadas por algunos trabajadores de la CPA y un asesor con licencia del Tribunal de Cuentas, Esteban González, que sería pariente de la máxima autoridad del TC, Miguel Terraf.

Esto había sido denunciado por la intervención de la CPA ante la Justicia. González es abogado del organismo de contralor y había tomado licencia para desempeñarse como asesor en la Caja Popular durante la gestión anterior.  Según el representante de Díaz, es un agravante el parentezco de González y debería ser motivo suficiente para que Terraf se excuse en pos de contribuir a aportar parcialidad al proceso. Terraf rechazó la posibilidad de recusarse.

Además de solicitar la nulidad de los cargos que le imputan  a su cliente, el abogado Lizárraga pidió la suspensión de los plazos procesales y solicitó nuevamente la recusación de Terraf, haciendo extensiva la recusación contra otros empleados del Tribunal, Atilio Peluffo y Ramiro González Navarro, a quienes en la presentación se le endilga falta de imparcialidad.

Uno de los puntos centrales en la actuación administrativa que llevó al TC a solicitar el Juicio de Responsabilidad fue la autorización de comisiones de servicios para los casi 50 empleados de la Caja Popular que prestaron tareas en otras reparticiones. En su presentación, Lizarraga advierte que tanto Peluffo como Gonzalez Navarro han cumplido funciones en la CPA, emitiendo numerosas comisiones "las cuales no recibieron observaciones ni fueron objetadas por el Honorable Tribunal de Cuentas".

En su descargo, el letrado Lizárraga señaló que tras efectuarse la denuncia en la cual se ve involucrada González, desde el Tribunal designaron nuevos delegados fiscales, los cuales habrían incurrido en conductas abusivas que incluso terminaron en un conflicto judicial. A su vez, el letrado que representa al inteventor de la CPA remarcó que desde entonces, por voluntad Terraf, se han generando cambios en los criterios de control que se habían mantenido por parte del organismo de control sobre la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán y enfatiza en que “esos criterios cambiaron, sin ningún tipo de aviso y, de esa forma, se generaron objeciones y sumarios en contra de la institución, por aplicar, el mismo criterio, que el Honorable Tribunal de Cuentas aplicó durante años”.

Por eso, para el abogado apoderado del interventor  de la CPA, la imputación realizada se encuentra viciada, y es nula, como así también, todos y cada uno de los actos posteriores y que sean consecuencia de la misma. Para Lizárraga los cargos que se le imputan a Díaz, “no reúnen los requisitos para ser considerados válidos” y resultan “violatorios del derecho de defensa”.

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