Rentas: prorrogan hasta el 28 de junio el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales

Rentas: prorrogan hasta el 28 de junio el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales

Cuáles son las condiciones que se deben cumplir.

Dirección General de Rentas de la Provincia Dirección General de Rentas de la Provincia
06 Junio 2024

Rentas, por decisión del Poder Ejecutivo (PE). prorrogó hasta el 28 de junio de 2024 el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.

“A través del citado régimen se pueden regularizar deudas vencidas y exigibles al 31 de enero de 2024 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Rodados, Cisi - Comunas Rurales, Tasa al uso especial del agua y la tasa retributiva de servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas”, afirmó Felipe Carrizo, del Departamento Técnico Tributario de la Dirección Provincial de Rentas

El funcionario explicó que “la solicitud de adhesión al régimen se realiza a través de la pagina web del organismo www.rentastucuman.gob.ar utilizando la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) y la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”.

Además contó que la solicitud se realiza íntegramente por internet, el contribuyente no tiene que dirigirse a la Dirección General de Rentas.

“No obstante puede solicitar asesoramiento al respecto utilizando cualquier canal de contacto que se encuentra disponible en la página web (mail o teléfono)”, completó.

¿Cuáles son las condiciones?

Tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencen a partir del 1 de febrero de 2024 y hasta las que vencen en el mes de junio de 2024.

¿Cuáles son los beneficios?

- Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2020.

- Por los intereses devengados a partir del 1 de febrero de 2021:

Bonificación del 50% por pago de contado

Bonificación del 40% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan no excedan del mes de febrero de 2025.

Bonificación del 30% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el pian excedan del mes de febrero de 2025

Para el caso de Multas: importantes reducciones de las mismas.

Para el caso de las sanciones de clausura: se establece el beneficio de remisión de la misma con condiciones, consistentes en la sustitución de la sanción por el ingreso de un importe fijo.

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