Seguridad puso en marcha el protocolo de ciberpatrullaje: ¿de qué se trata?

Seguridad puso en marcha el protocolo de ciberpatrullaje: ¿de qué se trata?

Estará a cargo de fuerzas policiales y de seguridad federales.

Patricia  Bullrich Patricia Bullrich
28 Mayo 2024

El Ministerio de Seguridad de la Nación habilitó este martes a las fuerzas federales a realizar “ciberpatrullaje” en internet, incluyendo las redes sociales, para hacer inteligencia criminal y detectar posibles delitos o prevenirlos. 

La medida se fundamenta en un amplio espectro de leyes nacionales e internacionales que mencionan la responsabilidad de desarrollar políticas y programas para la prevención del delito. Además se apoya en la Ley N° 26.388 de delitos informáticos y en el Convenio sobre Cibercriminalidad del Consejo de Europa.

"El uso de softwares o cualquier dispositivo o herramienta tecnológica de tratamiento de la información automatizada basada en inteligencia artificial, aprendizaje automático, sistema experto, redes neuronales, aprendizaje profundo o cualquier otra que en el futuro se desarrolle se ajustará a las estrictas necesidades de la actividad regulada en este protocolo. Su uso deberá ser supervisado por el Ministerio de Seguridad", indica el texto de la cartera a cargo de Patricia Bullrich

Una por una, las claves del protocolo de ciberpatrullaje

El protocolo establece que la labor "preventiva" se deberá adecuar con estricto acatamiento a los siguientes lineamientos:

- Las actividades preventivas deberán ajustarse a las facultades dispuestas por la Constitución Nacional, Pactos Internacionales de Derechos Humanos, Leyes Nacionales y sus reglamentaciones, Leyes y Decretos orgánicos de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y sus normas reglamentarias y complementarias.

- Utilización de fuentes digitales abiertas.

- La judicialización de las conductas prevenidas requerirá de un análisis en función de las características comunicacionales propias del medio en que se realizan y del presunto infractor.

- Se excluirán de la lista para su presunta judicialización aquellas conductas susceptibles de ser consideradas regulares, usuales o inherentes al uso de Internet y que no evidencien la intención de transgredir alguna norma.

- La utilización de un "agente revelador" deberá contar con autorización judicial y ajustarse a las pautas de la ley 27.319, sus ampliaciones y modificaciones".

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