Un fiscal pidió la baja de 3.000 pensiones de beneficiarios que no viven en el país y le cuestan al Estado $5.842.000.000

Un fiscal pidió la baja de 3.000 pensiones de beneficiarios que no viven en el país y le cuestan al Estado $5.842.000.000

Mantener la residencia en Argentina es uno de los requisitos básicos para recibir la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

Un fiscal pidió la baja de 3.000 pensiones de beneficiarios que no viven en el país y le cuestan al Estado $5.842.000.000
12 Mayo 2024

El fiscal Guillermo Marijuán le solicitó a través de un oficial a Sandra Pettovello, ministra de Capital Humano, la baja de 2.954 beneficiarios que cobran a través del ANSES la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), porque incumplen con la normativa de mantener residencia en el país. Es decir, se inscribieron en el registro como personas mayores de 65 años “vulnerables” y regresaron a su país de origen, según los registros de la Dirección de Migraciones. A valores actuales, el perjuicio mensual para las arcas del Estado es de $449.341.802 millones, que anualizado trepa a los $5.842.000.000.

Bajo estudio de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social (UFISeS), a cargo de Marijuan están otros 7.512 “titulares PUAM” que mantuvieron “intervalos fuera del país por más de 60 días”, lo que también transgrede la norma.

El oficio enviado por Marijuan a la ministra de Javier Milei, al que accedió Infobae detalla: “En el marco de la Investigación Preliminar identificada como caso Coirón N° 35662/2024, iniciada a efectos de constatar la existencia de beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) que hayan incumplido con la exigencia legal de permanencia en el país, dispuesta por el art. 13 inc. 5) de la ley 27.260, se solicitó a la Dirección Nacional Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) que realizara un entrecruzamiento con los datos de titularidad y migratorios respectivos, organismo que mediante el archivo en formato Excel que se adjunta al presente, detectó la existencia de 2954 titulares de la PUAM que, durante la vigencia de tal prestación, registraron salidas de la Argentina sin regreso posterior”. Es por esa razón que el fiscal federal le solicitó a Pettovello que: “Teniendo en consideración el plazo transcurrido desde que cada uno de los beneficiarios salió del país, evalúe la inmediata suspensión de la citada pensión, dado que resulta imperioso hacer cesar los efectos de una posible conducta delictiva vinculada al incumplimiento del requisito previsto en la normativa reseñada”.

A diferencia de las autoridades del gobierno de Alberto Fernández, como la ex ministra de Desarrollo Social Victoria Tolosa Paz, cada vez que Pettovello recibió una solicitud de esa envergadura por parte de la Justicia, como las bajas en el Potenciar Trabajo por distintos incumplimientos, accedió de manera inmediata.

¿Qué dice la ley?

La ley 27.260 que instituyó la Pensión Universal para el Adulto Mayor -PUAM- y que determinó el beneficio de carácter vitalicio y no contributivo a personas mayores de 65 años en estado de vulnerabilidad, fue dictada en mayo de 2016, durante el gobierno de Mauricio Macri. Su reglamentación establecía -y sigue vigente- que el monto mensual sea “equivalente al 80% del haber mínimo garantizado”. Actualmente, $152.113,28 mensuales.

Entre los requisitos de acceso y continuidad de cobro de la pensión, se establece que el beneficiario debe “ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, en éste último caso con una residencia legal mínima en el país de diez (10) años anteriores a la fecha de solicitud del beneficio, o ser ciudadanos extranjeros, con residencia legal mínima acreditada en el país de veinte (20) años, de los cuales diez (10) deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio”. Esa exigencia está descripta en el artículo 13 inciso 1° de la ley; como así también la de mantener la residencia en el país (artículo 13 del inciso 5°).

Al respecto, el Decreto Reglamentario 894/2016 estipula que la PUAM es otorgada por la ANSES e instruye a los demás organismos de la Administración Pública Nacional a remitirle la información disponible en sus bases de datos que sea útil para el control de los requisitos establecidos.

Asimismo, se establece como requisitos de acceso a la pensión:

-No ser beneficiario de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo.

-No encontrarse percibiendo la Prestación por Desempleo.

-En el caso que el titular perciba una única prestación podrá optar por percibir el beneficio que se establece en la presente.

Según la investigación de Marijuan, entre los 2.954 titulares de la PUAM que se fue del país y no volvieron hay una amplia variedad de casos que deberán ser investigados de forma particular, por esa razón no serán investigados en un único expediente, sino en casi tres mil. Es decir, uno por cada beneficiario.

Por ejemplo, de ese total de personas, unas 1300 se fueron del país hace más de 3 meses, periodo que estipula ANSES y a partir del cual corresponde la suspensión del beneficio. Otras lo hicieron antes.

La Justicia ahora deberá determinar quiénes iban a los cajeros a cobrar los $ 5.842.000.000 anuales de personas que no residen en el país y qué funcionarios públicos permitieron que esto suceda.



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