La AFIP eliminará un certificado clave para transferencias en el Registro Automotor. La Resolución General 5505/2024 se publicó hoy en el Boletín Oficial elimina de los requisitos y condiciones para la obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en operaciones de transferencia de vehículos.
De este modo, el Gobierno avanza con los cambios administrativos en trámites, operaciones y otro tipo de desregulaciones en la economía.
¿Qué dice la medida oficial?
La Resolución General 5505/2024 deroga el Título I de la Resolución General N° 2.729, que establecía el régimen de información para la transferencia de automotores y motovehículos usados radicados en el país.
Esta derogación implica la eliminación de los requisitos y condiciones para la obtención del CETA en operaciones de transferencia de vehículos.
La AFIP argumentó que el avance tecnológico y los convenios de intercambio de información con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios permitieron verificar la situación fiscal de los ciudadanos y las transferencias de dominio de manera eficiente.
La idea de simplificar trámites
La medida se fundamentó en las facultades conferidas por el artículo 103 de la Ley Nº 11.683 y el artículo 7° del Decreto Nº 618. Con esta resolución, se busca simplificar los trámites administrativos y optimizar la prestación de servicios a los contribuyentes.
La AFIP explicó que la decisión de "simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes" se tomó con el fin de "modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios".
Así "eliminó la utilización del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados, lo que permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes", se agregó en un comunicado.