Milei envió al Congreso una reforma integral para combatir el crimen organizado

Milei envió al Congreso una reforma integral para combatir el crimen organizado

Las normativas que se tratarán incluyen una nueva Ley Antimafias, la creación de un Registro Nacional de Datos Genéticos y la incorporación de la reiterancia.

Milei envió al Congreso una reforma integral para combatir el crimen organizado
16 Abril 2024

La administración de Javier Milei, a través del Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Bullrich, envió este martes al Congreso cuatro proyectos de ley contra el crimen organizado.

Las iniciativas implican la creación de una nueva Ley Antimafias; la creación de un Registro Nacional de Datos Genéticos; la incorporación del concepto de reiterancia a fin de reducir los porcentajes delictuales; modificaciones a la unificación de condenas y concurso de delitos; y cambios en la legítima defensa y el cumplimiento del deber.

Las propuestas habían sido anunciadas a fines de marzo, después de los cuatro crímenes que sacudieron a Rosario que, además, impulsaron un comité de crisis con fuerzas provinciales y nacionales. 

En el comunicado, Seguridad precisó que estos proyectos son considerados "fundamentales" por el Gobierno "para terminar con el crimen en todas sus formas y escalas y dar lugar a un cambio profundo y definitivo para toda la sociedad argentina".

De qué trata cada iniciativa anunciada por el Gobierno

1). Nuevo proyecto de Ley Antimafias

Según precisó la cartera de Seguridad, la iniciativa apunta contra las organizaciones criminales y se diseñó para aplicarla a varios delitos. Este instrumento, a grandes rasgos, contempla cuatro aspectos.

En primer lugar, se delimita la aplicación a delitos penales específicos, como tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas y/o explosivos, y que estén verosímilmente relacionados con los objetivos de una organización criminal. Se contempla una pena más alta de 8 a 20 años de prisión o reclusión por la mera pertenencia a la asociación.

En segundo lugar crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado. De acuerdo al Ministerio, esto posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación.

En tercer lugar, la pena por delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella.

Con el objeto de menguar los recursos de las organizaciones criminales, el proyecto contempla la extinción de dominio de cualquier bien que presumiblemente sea producto de sus actividades para su inmediata transferencia al dominio del Estado Nacional.

2). Incorporación del concepto de reiterancia

De acuerdo a la ley vigente, se considera reincidente a toda persona que fue condenada dos o más veces a una pena con privación de la libertad efectiva.

Con la introducción de la reiterancia, ya no será condición que las condenas hayan sido cumplidas. Si concurren dos hechos independientes, las penas se suman de manera aritmética, hasta un máximo de 50 años.

3). Nuevo Registro de Datos Genéticos

Se propone ampliar el alcance del actual Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, que funciona en la órbita del Ministerio de Justicia, con la creación del Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con la investigación criminal, en el ámbito del Ministerio de Seguridad.

Se prevé que posibilitará la comparación de las huellas genéticas que se obtengan en la escena del hecho con el perfil genético de los imputados y condenados, agilizando así todos los procesos para alcanzar Justicia.

4).Legítima defensa

La cartera de Seguridad sostuvo que en “muchas oportunidades”, los efectivos de las fuerzas de seguridad se han visto inhibidos de actuar -basados en su experiencia personal- ante la posibilidad de resultar imputados por cualquier acto que lleven a cabo en cumplimiento de su deber o en ejercicio de su legítima defensa.

El proyecto de ley propone que se contemple la situación de quien se defiende de un agresor que, aun desarmado, puede tener una diferencia de edad, contextura física o experiencia en la riña o en el número de agresores suficientes para dañar su integridad física o sexual.

La reforma amplía también el marco ofrecido en la legislación vigente para resguardar al que se defiende de quien escala el muro de su hogar, situación para la que se exigía que esto se hubiera producido durante la noche y que, con el proyecto, se extendería a cualquier hora del día. Del mismo modo, comprende no solo a quien se defiende de la presencia de un extraño en su hogar, sino también en un lugar donde legítimamente se alojara o trabajara, tal como podría ser una oficina, comercio o establecimiento.

Se incorporan también precisiones que ya ha recogido en algunos casos la jurisprudencia, como la situación de quien se defiende de alguien que apunta con un arma falsa con apariencia de un arma real o de quien ejerce una agresión -típicamente disparos de un arma de fuego- mientras se aleja de la víctima.

Comentarios