Quedó eliminado el Potenciar Trabajo y los beneficiarios pasan a otros programas: cuánto cobrarán

Quedó eliminado el Potenciar Trabajo y los beneficiarios pasan a otros programas: cuánto cobrarán

Volver al Trabajo y Acompañamiento Social serán los dos canales que reemplazarán al anterior plan. Cómo se hará la distribución

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16 Abril 2024

El Ministerio de Capital Humano aprobó este martes la transferencia de más de un millón de titulares del programa Potenciar Trabajo a las iniciativas de reemplazo Volver al Trabajo y Acompañamiento Social. 

A través de la Resolución Conjunta 1/2024 impulsada por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Niñez, Adolescencia y Familia, ambos canales de recepción adoptarán los condicionantes detallados en la normativa 84/2024 del miércoles y sus anexos 

"Establécese que la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de Capital Humano deberán notificar la presente medida a los titulares indicados en los ANEXOS I y II, por los medios de comunicación que resulten pertinentes", amplió el texto publicado en la edición matutina del Boletín Oficial. 

La transferencia que contó con un proceso previo de cruces informáticos efectuados entre la Secretaría de Trabajo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), dejó como resultado 1.012.357 de ex titulares de Potenciar Trabajo ahora reubicados en Volver al Trabajo y 260.911 en Acompañamiento Social. 

Cuánto recibirán los beneficiarios del Volver al Trabajo y el Acompañamiento Social 

Los titulares del programa Volver al Trabajo percibirán desde mayo una asignación dineraria mensual fija no remunerativa de $ 78.000, durante la vigencia del beneficio o hasta tanto soliciten voluntariamente su baja o sean dados de baja por las causales previstas 

Las y los beneficiarios del programa Acompañamiento Social percibirán desde mayo una asignación dineraria mensual inicial no remunerativa de $ 78.000. 

Para efectuar su liquidación, el pleno de la nómina deberá cumplir como condición la presentación de la documentación relativa al cumplimiento de los controles de salud de las embarazadas, del Plan Nacional de Vacunación, de la regularidad escolar de los niños y niñas menores a cargo de la jefa de familia y el cumplimiento de aquellos controles que establezca la Autoridad de Aplicación mediante la reglamentación que dicte a tal efecto. 

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