¿El fallo de un tribunal sobre el homicidio de un preso en Villa Urquiza puede afectar la histórica investigación sobre la comercialización de drogas en la cárcel? Los funcionarios de la Justicia Federal creen que no. Los defensores de los acusados dicen que sí. Pero más allá de esta polémica, lo cierto es que la venta de estupefacientes no se detuvo en el sistema carcelario.
En noviembre de 2017, el interno Sebastián Medina fue asesinado en la cárcel. No era un condenado más. Se trataba de uno de los pocos internos que se había animado a denunciar que en el penal existía una red de venta de drogas, supuestamente organizada por funcionarios. La fiscala Adriana Giannoni (ya jubilada) encontró indicios y envió una copia del expediente al fiscal federal Pablo Camuña. El investigador ya venía realizando una pesquisa y con otras denuncias acumuló las causas.
La teoría de la fiscala Giannoni es que existió un plan para trasladar sin autorización a Medina (era un testigo que debía ser protegido) al penal, donde finalmente fue asesinado por otro interno. Después de casi seis años se realizó el debate por el homicidio. Por el hecho fueron acusados de homicidio agravado en contra del detenido Claudio Alejandro González, José Fernando Cisterna, Enrique Osvaldo Núñez y Alejandro Sebastián Mendoza; mientras que a Guillermo Snaider, Víctor Lisandro Casasola y Enrique Osvaldo Núñez se los acusó de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos por haber permitido el traslado de Medina.
En el juicio, el auxiliar Gonzalo Guerra (siguiendo instrucciones de Daniel Marranzino), por la falta de pruebas sólo decidió acusar a Mendoza, por ser el autor material del hecho. La querellante Silvia Furque coincidió con el representante del Ministerio Público, pero también solicitó una pena contra Patto. El tribunal integrado por Rafael Macoritto, Dante Ibáñez y Diego Lammoglia terminó condenando a Mendoza a 18 años de prisión.
Diferencias
La Justicia Federal atiende únicamente la causa vinculada al tráfico de drogas en el interior del penal. La hipótesis de Camuña, alimentada por los testimonios recopilados en todos los expedientes, daban cuenta de la existencia de una actividad ilícita de comercialización de drogas (marihuana y cocaína) y psicofármacos (rivotril, alprazolam y clonazepam, entre otros) en el penal de Villa Urquiza. “Sería regenteada por una misma estructura criminal conformada por distintos agentes del Servicio Penitenciario, que bajo la utilización de violencia física e incluso psicológica, lograban que las personas detenidas bajo su cuidado accedieron a distribuir y comercializar dichas sustancias”, planteó.
El fiscal dividió la participación de los sospechosos en tres niveles. Al primer grupo, integrado por el ex titular del Servicio Penitenciario Snaider, Cisterna, Cassasola, Patto, Juan Carlos Argañaraz, Favio Peñalva, Pablo Brito, Enrique Núñez y González los sindicó “como responsables jerárquicos de los negocios ilícitos dentro del penal. En algunos casos se habían asociado a otros internos (entre ellos han sido mencionados los miembros del clan Acevedo) para realizar esos negocios con facilidad, infundiendo miedo en aquellos internos que se negaran a hacer lo que ellos mandaran y logrando la impunidad para ellos y su grupo criminal”.
En tanto que Martín Lucena, Mario Valdez, Facundo Albornoz, Fausto Ponce, Gastón Torres, Ramón Mareño, Roberto Chazarreta, Carlos Núñez y Cristian Medina fueron señalados por Camuña como integrantes del denominado “grupo de subordinados”. Según la investigación, “estas personas cumplían roles fundamentales para la organización, como por ejemplo falsear el contenido de actas de requisas, fraguar procedimientos de secuestros, hacer ingresar estupefacientes a la cárcel o a través de terceros, contacto directo para entregar o distribuir los estupefacientes, cobrar el producido de su venta, amenazar y golpear a los internos”.
También acusó al ex juez de Ejecución Roberto Guyot, que nunca fue investigado por el caso del crimen de Medina, a pesar de los pedidos que realizó Giannoni. “Realizó un aporte posterior a estas conductas, orientado a garantizar la impunidad de los perpetradores, mediante la omisión de las funciones de su cargo, la omisión de realizar actos de persecución penal a los que estaba obligado y asimismo, de forma directa, la emisión de amenazas en contra de algunos de los internos que denunciaban los casos”, indicó Camuña.
Otra mirada
Los defensores de varios de los acusados consideraron que el fallo por el crimen de Medina terminará favoreciendo la causa de la Justicia Federal. “Según la acusación del fiscal federal existía un nexo entre la muerte del condenado y la supuesta venta de estupefacientes. Por lo tanto, al no haber podido los acusadores mantener el vínculo entre el homicidio y el personal del servicio penitenciario, mucho menos se podrá probar que mi defendido tuvo algún tipo de vinculación con la comercialización de drogas”, comentó Aníbal Paz, defensor de Medina.
Florencia Pachao Medina, que defendió al guardiacárcel González, señaló que el fallo fue importante para sus aspiraciones. “En uno de los puntos de la resolución, los integrantes del tribunal ordenaron que se oficie al fuero federal todo lo que sucedió en el debate para que tome conocimiento de lo ocurrido. Sostenemos que este fallo refuerza nuestra teoría con la que buscaremos la absolución de mi defendido”, indicó.
“Si bien son dos causas con las que se busca esclarecer dos delitos diferentes, tienen cierta vinculación. La del Federal no tiene pies ni cabeza. Son todos dichos de dichos sin ninguna prueba de nada”, sentenció Álvaro Zelarayán. “Como en el caso Medina, no hay pruebas en contra de mis defendidos. Lo más grave es que es un expediente que lleva bastante tiempo de estar paralizado, ahora porque suspendieron las indagatorias”, finalizó el defensor de Cisterna y de Argañaraz.
“Lo que puede suceder es que se beneficien las personas que acá salieron absueltas y que están mencionadas en la causa. Son gente que realmente Medina jamás había denunciado por venta de estupefacientes y eso puede ser que lo evalúe la Justicia Federal”, destacó la querellante Furque.
Idas y vueltas: un expediente que se tramita hace ya nueve años y sigue sin resolverse
El fiscal Pablo Camuña comenzó a investigar en 2015 la venta de drogas en el penal de Villa Urquiza. El expediente comenzó a agrandarse tras el crimen de Sebastián Medina. Después de haber dado por finalizada la investigación, Camuña solicitó en noviembre de 2020 que los 19 mencionados en la causa fueran detenidos y citados a indagatoria. Un año después, luego de que el expediente se traspapelara, el ex juez federal Fernando Poviña rechazó el planteo por considerar que no había pruebas suficientes para tomar esa medida.
El Ministerio Público apeló la resolución en abril de 2022. “Los hechos que se ventilan en el legajo y el ámbito en el que habrían ocurrido denotan una gravedad institucional intolerable en un estado derecho, pues estamos ante el presunto obrar organizado que involucró a un ex juez de ejecución y a funcionarios del Servicio Penitenciario (desde el rango de jefe a agente)”, sostuvo el fiscal Gustavo Gómez.
En su planteo, insistió en el pedido realizado por Camuña y que el juicio por el crimen del reo Medina fuera desarrollado en la Justicia Federal. En noviembre pasado, los jueces Marina Cossio, Federico Bothamley y Ricardo Sanjuan, le dieron la razón a Gómez. Ordenaron que los acusados fueran citados a indagatoria, no aprobaron que se los detuviera y rechazaron que el juicio por el crimen de Medina tuviera lugar en ese fuero.
Las declaraciones indagatorias que debían tomarse a mediados de diciembre fueron suspendidas porque no se preservó la identidad de los testigos que habían declarado en el marco de la causa. Han pasado casi cuatro meses y todavía no se resolvió la cuestión.
Es importante aclarar que mientras avanzaba este expediente, la Justicia Federal condenó a dos empleados del Servicio Penitenciario por esta actividad ilícita. En 2017, el enfermero del penal Walter Herrera recibió una pena de seis años. En 2020, el guardiacárcel Antonio Walter Vallejo fue sentenciado a 11 años.