La restitución del impuesto a las Ganancias puede constituirse en una tabla de salvación fiscal para las provincias, aunque con cierto costo político y social. Esa es la resistencia que encuentra en algunos parlamentarios de distritos que están más expuestos que otro al pago del impuesto.
La iniciativa impulsada por el presidente, Javier Milei, ofrecida a los gobernadores, disminuye el mínimo no imponible y deroga ciertas eximiciones sobre, por ejemplo, las horas extra o los bonos. Además, el proyecto del Poder Ejecutivo Nacional elimina el impuesto cedular, con lo que se vuelve al esquema anterior a 2021, cuando Ganancias alcanzaba a casi 2,4 millones de trabajadores.
Esto significa que 1,5 millón de trabajadores que hoy no tributan Ganancias volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%, advierte un informe elaborado por el Frente Renovador. ¿Cuántos tucumanos volverían a pagar Ganancias? De acuerdo con el reporte, al que accedió LA GACETA, en la provincia se prevé que 35.614 trabajadores volverán a pagar Ganancias.
El mínimo no imponible y las escalas del impuesto se actualizarán cada tres meses por el Índice de Precios (inflación) en enero, abril, julio y octubre de cada año, dice el equipo del frente que conduce el ex ministro de Economía, Sergio Massa.
Los trabajadores en relación de dependencia que ganan más de $ 1.141.066 netos mensuales, en el caso de los solteros sin hijos, y más $ 1.509.465 de bolsillo, los casados con el cónyuge a cargo con dos hijos comenzarán a pagar el Impuesto a las Ganancias.
-Un trabajador soltero sin hijos, con un sueldo bruto de $ 1.800.000 - hoy no paga Ganancias- le retendrán $80.000 mensuales}
- Un trabajador soltero sin hijos con un sueldo bruto de $ 2.340.000 (hoy no tributa Ganancias), pagará $ 243.000 mensuales.
Según el Frente Renovador, una novedad del proyecto -artículo N° 98- es que incorpora como parte de la base imponible del impuesto todos los pagos recibidos por los trabajadores en relación de dependencia y no se aplicarán para el cálculo del impuesto exenciones o reducciones establecidas por otras normativas. En definitiva, se dejan sin efecto las siguientes exenciones y deducciones:
- La exención del bono por productividad, fallo de caja o conceptos similares (hasta 40% del Mínimo no Imponible).
- La exención de los suplementos particulares para el personal militar.
-La exención del Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
- La exención para las remuneraciones en concepto de guardias para el personal de salud.
- No será aplicable ningún tipo de exención, desgravación, que se establezca por ley, excepto para los trabajadores petroleros (personal de pozo, ley 26.176).
-La deducción por gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas.
- Se elimina el tratamiento diferencial para las horas extras gravadas.
- El proyecto deroga el incremento del 22% en las deducciones para los trabajadores y jubilados que residen en la zona patagónica. Esto afecta a los trabajadores y jubilados de la provincia de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.