Rechazaron otro recurso presentado por Barenbreuker y ahora será llevado a la cárcel
La Corte Suprema de Justicia de la provincia declaró inadmisible un recurso extraordinario federal que había planteado la defensa del constructor Otto Barenbreuker, por lo cual la condena en su contra a seis años de prisión que había sido dictada en noviembre de 2022 quedó firme. Además, la Justicia ordenó la detención del empresario y su inmediato alojamiento en el penal de Villa Urquiza.
El arquitecto fue juzgado luego de haber sido denunciado por 20 personas que habían pagado por acceder a departamentos que, o nunca fueron entregados, o se lo hizo en condiciones muy distintas a las pautadas.
Las juezas Stella Maris Arce, Wendy Kassar y María Fernanda Bahler condenaron a Barenbreuker por defraudaciones en concurso real con las amenazas que dijo haber sufrido una de las denunciantes. “Barenbreuker montó toda esta estructura con la finalidad de defraudar a los inversionistas. Utilizó un negocio jurídico válido, con el fin de administrar en forma fraudulenta los bienes entregados, y desviarlos del fin para el que fueron invertidos. En lugar de invertirlos en las obras de los fideicomisos para los que fueron entregados, los desviaba en beneficio propio hacia otros fines distintos”, expusieron en ese momento las juezas.
Luego de escuchar a decenas de testigos (entre denunciantes, peritos y allegados), el fiscal Carlos Saltor solicitó nueve años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación para ejercer el comercio. Los querellantes Luis Maria Rizzo, Rosa Nosseti y José Gerónimo Paz, en tanto, habían pedido 12 años de prisión. Los defensores Carlos Varela Soria y Juan Colombres Garmendia, en tanto, habían solicitado la absolución, o que, en caso de condena, se aplique la pena de un año y medio de prisión de ejecución condicional.
El rechazo al recurso presentado por los abogados fue firmado por el presidente de la Corte, Daniel Leiva, y por los vocales Antonio Estofán, Claudia Sbdar, Daniel Posse y Eleonora Rodríguez Campos.
En septiembre del año pasado, la misma Corte había rechazado un recurso de Casación. Según Leiva, como vocal preopinante, “se aprecia que el Tribunal construyó su razonamiento enlazando los datos probatorios recabados durante el proceso. En rigor, no sólo tuvo en cuenta la prueba instrumental agregada a la causa sino también la declaración de los testigos víctimas”, expuso el presidente del Alto Tribunal en ese momento.
“El razonamiento de la Cámara demostró cabalmente que el acusado perjudicó los bienes fideicomitidos defraudando los derechos de las víctimas. También explicó cómo la defraudación se tradujo en un provecho para el imputado”, agregó. “Es factible apreciar que la Sala de Juicio aplicó a Otto Barenbreuker una pena de 6 años de prisión, basándose en las circunstancias del hecho acreditado, y en la gravedad de la acción empleada. Es posible adelantar que esa construcción jurídica descansa en un desarrollo producto de un análisis completo y meduloso de las cuestiones que eran centrales para resolver adecuadamente la cantidad y calidad de poder punitivo a determinar”, afirmó el vocal.
Ahora, los miembros de la Corte rechazaron el recurso extraordinario federal ya que no cumplía con los requisitos exigidos. “En efecto, de la lectura de los argumentos propuestos por el recurrente no se vislumbran razones por las cuales se configuraría alguno de los supuestos previstos en el artículo 14 de la ley N° 48 (Se considera equiparable a la sentencia definitiva toda decisión de organismos de la administración o de tribunales administrativos en ejercicio de función jurisdiccional, que revistiendo o no forma de sentencia, sea judicialmente irrevisable)”, dijeron.
“En realidad -agregaron- los cuestionamientos de la defensa constituyen una mera disconformidad con la sentencia dictada por esta Corte, El recurrente reedita sus cuestionamientos sobre la valoración de la prueba, critica el razonamiento probatorio efectuado a partir de la prueba pericial producida”. Y le advirtieron a la defensa: “Justamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación explicitó que no debe admitirse el recurso extraordinario si remite al análisis de cuestiones de hecho, prueba y derecho común y procesal, materia propia de los jueces de la causa”.
Según trascendió, tras la resolución de la Corte el empresario fue ubicado en un domicilio de calle Jujuy primera cuadra. Allí se le notificó de la medida y se lo detuvo. Ahora será trasladado a la cárcel, siempre y cuando haya cupo para recibirlo. Si no, hasta que esto ocurra, será llevado a una comisaría.