Nuevas reformas en los subsidios del Incaa

Nuevas reformas en los subsidios del Incaa

Desde el Poder Ejecutivo Nacional se mantiene la exigencia de financiar el 50% de cada proyecto.

CINE NACIONAL. El crecimiento del sector fue posible por el apoyo del Incaa. CINE NACIONAL. El crecimiento del sector fue posible por el apoyo del Incaa.
23 Enero 2024

“Se reducen las modificaciones al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa)”, se anuncia en el nuevo texto de la ley ómnibus enviado a Diputados por el Poder Ejecutivo Nacional, como síntesis del oficialismo de las negociaciones que se vienen dando con los bloques parlamentarios considerados afines.

Así, en la reformulación de la meganorma se eliminan los cambios de ocho artículos y la derogación de otros siete; entre estos últimos, se destaca que “se mantiene la asignación específica para el Instituto, que va a seguir recibiendo un monto indeterminado de recursos de manera automática”, sin mayor detalle sobre su destino final atento a los programas y planes en curso y a los aportes comprometidos. Es que los plazos en el cine son muy distintos a los de otras expresiones artísticas: un proyecto puede demorar un lustro (de promedio) entre su idea inicial y su concreción como película. Y así, los tiempos de los aportes para filmar se acomodan a los de su realización.

En ese contexto, los recursos que aporta el Incaa para rodar son fundamentales para la enorme mayoría de los cineastas. “El subsidio está orientado en forma exclusiva a colaborar en la financiación de la producción de los proyectos presentados, excluyendo gastos administrativos, de personal y de promoción o publicidad. En ningún caso podrá significar más del 50% del costo de producción total del proyecto. El aspirante deberá asumir en forma obligatoria el costo de no menos del 50% del costo; y deberá, en forma posterior a resultar beneficiario del subsidio, declarar los costos de producción finales involucrados en el proyecto. En caso de que resultaren inferiores al costo inicial declarado, deberá reintegrar la parte proporcional correspondiente al excedente”, se detalla en la redacción actualizada.

La exigencia de ese porcentaje virtualmente excluye a las propuestas independientes y a aquellas no sean comercialmente rentables, como la producción audiovisual nacional, uno de los campos que más creció gracias al Incaa. Por el contrario, potencia a las que surgen de los principales estudios locales, con fuentes de financiamiento y garantías de circulación propias.

“Al solicitar un subsidio, los aspirantes a beneficiarios deberán presentar un plan completo de producción, indicando los costos asociados, valores directos e indirectos, como asimismo un exhaustivo plan de trabajo detallando cada hito del proceso hasta su conclusión. El aspirante deberá acreditar financiamiento para el proyecto al menos equivalente al subsidio pretendido. El Instituto determinará los mecanismos de verificación de dicho financiamiento, para lo cual podrá pedir garantías. Los beneficiarios deberán acreditar ante el Incaa el avance de cada uno de los hitos de su proyecto; frente a un supuesto de comprobado incumplimiento, el Incaa se reserva la facultad de resolver la caducidad del beneficiario, el cual quedará inhabilitado para acceder nuevamente como aspirante. Los beneficiarios no podrán recibir nuevos subsidios hasta que haya pasado un año calendario desde la obtención del previo”, se especifica ahora. No hay precisiones sobre el mantenimiento de la Escuela Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica (Enerc).

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