Nueva cautelar contra el DNU de Milei: la Justicia volvió a fallar contra la suba de prepagas

Nueva cautelar contra el DNU de Milei: la Justicia volvió a fallar contra la suba de prepagas

Un juez ordena dejar sin efecto los aumentos de cuotas a un afiliado de la empresa Galeno

imagen ilustrativa. imagen ilustrativa.
18 Enero 2024

La Justicia Federal de San Martín dictó este jueves una cautelar contra el aumento de las prepagas tras el decreto de necesidad y urgencia (DNU 70/23) de Javier Milei. Un fallo del federal subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto hizo lugar a un amparo presentado por un jubilado y pidió readecuar las cuotas y retrotraer los aumentos. Se trata de la segunda cautelar de la semana sobre la suba de las prepagas.

Tras la presentación judicial del afiliado, el magistrado dio lugar a la cautelar y ordenó a “Galeno Argentina SA a readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23 del PEN".

Portocarrero señaló en su fallo que el demandante pasó de pagar una factura de $ 81.403,22 en diciembre de 2023 a una de $ 151.405,23 en enero de este año, "lo que significó un aumento mayor al 85% de un mes al otro, sin aviso alguno".

"Por otra parte, el pasado 4 de enero del corriente, recibió una nueva comunicación, informando otro aumento para el mes de febrero de 28,5%", prosiguió, de lo que se desprende que "durante el último mes, se aplicó un aumento que supera el 100%, siendo que conforme a las constancias adjuntadas sus haberes previsionales resultan por un total de $240.511,67, por lo cual le resulta imposible afrontar dicho pago".

Asimismo, se hace saber que el demandante "padece diabetes tipo 1 desde los 11 años y además comenzó a usar una bomba de insulina hace 35 años".

El juez consideró que los aumentos basados en el DNU colocan al demandante "en un completo estado de incertidumbre causándole, además, un daño actual a sus derechos, el acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada garantizados por los artículos 17, 42 y 75 inc. 22 y 23 de la Constitución Nacional".

En ese sentido, cuestionó "la absoluta inconstitucionalidad del DNU 70/2023 que modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga y de las obras sociales, toda vez que no se cumplió con el mecanismo constitucional propio de la excepción y trasgredió, por tanto, lo dispuesto en el artículo 99 inciso 3" de la Carta Magna”.

Antecedente

Cabe recordar que la jueza federal de San Martin Martina Forms dictó este lunes la primera cautelar contra el aumento de una prepaga por efecto del mega DNU del presidente Milei, que entró en vigencia el pasado 29 de diciembre y aún no fue convalidado por el Congreso nacional.

El fallo de la jueza se transformó en el primer antecedente para avalar otros reclamos de inconstitucionalidad a la Justicia. En este caso, hizo lugar a un amparo formulado por una afiliada de 78 años contra la empresa de medicina prepaga Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, que es la que presta el Hospital Italiano.

La mujer denunció que la cuota mensual se incrementó un 40% en enero y luego fue notificada de un nuevo incremento del 29,5% para febrero, mientras que sus haberes previsionales ascienden a la suma de $323.089,39, por lo cual le resulta imposible afrontar dicho pago.

Por orden de la magistrada, la prestadora de salud deberá "readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23 del PEN, limitándose a efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva".

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