Los profesionales en Ciencias Económicas consideran que los cambios que el Gobierno nacional introdujo en el impuesto a las Ganancias no incluyeron a los trabajadores autónomos, profundizando la desigualdad y violando el principio constitucional de igualdad ante la ley.
Los niveles de ganancias que determinan el impuesto a pagar están dramáticamente desactualizados debido a la inflación desde hace años. Como ejemplo de ello y comparando con 1999, los ingresos netos anuales gravados de entonces actualizados y que alcanzaban la alícuota máxima del 35%, equivaldrían hoy a más de $60 millones, mientras que para el año 2023 se alcanza dicha alícuota con apenas $2,7 millones de ganancias anuales. Así lo expuso la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), que reclamó al Poder Ejecutivo que solucione la inequidad que pesa contra los autónomos en ese gravamen.
“Esto impacta negativamente a los monotributistas cuando exceden la categoría máxima y quedan gravados inmediatamente en el impuesto a las ganancias con tasas superiores al 20%”, resalta la entidad presidida por José Ignacio Simonella.
Según la Facpce, esta grave situación ha sido reconocida por las autoridades morigerando la carga solo para los trabajadores en relación de dependencia, estableciendo que no pagan el impuesto quienes tengan remuneraciones brutas mensuales hasta $ 1.980.000. “Como ejemplo de la distorsión –destaca en un documento-, para 2023 los autónomos solteros pagan el impuesto a partir de $ 170.000 de ingresos netos promedios mensuales. “Es evidente que se han violado los principios de igualdad y equidad para los trabajadores autónomos”, denuncia.
Por esa razón la Facpce, que agrupa entre otros al Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán, considera que es imprescindible que se modifique en forma urgente la escala de alícuotas progresivas de Ganancias en valores actualizados y razonables, de modo de devolver al tributo sus características esenciales, tal como se aplica en el mundo occidental y que, a su vez, se respeten los principios constitucionales del derecho tributario: las contribuciones que establezca el Congreso deben ser “equitativas” (artículo 4 de la Constitución Nacional); “la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas” (art. 16 CN).