Una fiscala considera inadmisible el recurso de casación que formuló Pedicone por la "banca 19"

Una fiscala considera inadmisible el recurso de casación que formuló Pedicone por la "banca 19"

“No se acredita que la voluntad del electorado se hubiere visto violentada", consigna el dictamen fiscal remitido a la Corte de Tucumán.

EN EL RECINTO. Hugo Ledesma ya juró como legislador por la banca 19 de la Legislatura, aunque Pedicone parece decidido a agotar las instancias judiciales. Foto ilustrativa de Archivo EN EL RECINTO. Hugo Ledesma ya juró como legislador por la "banca 19" de la Legislatura, aunque Pedicone parece decidido a agotar las instancias judiciales. Foto ilustrativa de Archivo
02 Noviembre 2023

El Ministerio Público Fiscal (MPF), a través del dictamen firmado por la fiscala de Cámara Marta Jerez de Rivadeneira, elevó a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) un dictamen -no vinculante- en el que califica de “inadmisible e improcedente” el recurso de casación interpuesto por el dirigente alfarista Enrique Pedicone respecto a la sentencia que había rechazado su demanda en la causa por la “banca 19” de la sección Capital en la nueva Legislatura.

Esta decisión judicial se suma a la resolución del vocal de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sergio Gandur, de no hacer lugar a la medida cautelar impulsada por el ex candidato de Juntos por el Cambio (JxC) para evitar la asunción del dirigente bancario Hugo Ledesma en ese escaño, algo que finalmente sucedió el sábado pasado.

Ahora, las expectativas inmediatas de Pedicone se centran en lo que pueda resolver el máximo tribunal, sin la participación de su presidente, Daniel Leiva, quien se excusó por haber integrado la Junta Electoral Provincial (JEP) en los comicios del 11 de junio.

El escrutinio definitivo determinó que la última banca por la sección Capital correspondía al peronista Ledesma, por una diferencia de sólo seis votos por encima del alfarista Pedicone.

El dirigente de JxC recurrió a la Justicia a través de una acción de amparo para requerir la nulidad de la urna de la última mesa (la número 3.128) de ese distrito electoral. Sobre la base de una serie de informes de la JEP y de la empresa MSA -a cargo de la logística electoral-, la Sala III desestimó la demanda de Pedicone. Sin embargo, el ex magistrado obtuvo el visto bueno para recurrir, vía casación, el fallo de primera instancia.

En este marco, el Ministerio Fiscal emitió un dictamen que se incorporó al expediente. Tal como había sucedido con Leiva, el jefe de los fiscales Edmundo Jiménez se inhibió de intervenir en las actuaciones, por lo que el expediente pasó a manos de Jerez de Rivadeneira.

En opinión de la fiscala de Cámara, la documentación electoral aportada a la causa demuestra que el partido de Ledesma “obtuvo un total de 18 votos en la categoría legislador” en la mesa 1.328, mientras la lista de Pedicone “recibió 10 votos” para dicho cargo. “No se acredita que la voluntad del electorado se hubiere visto violentada”, indicó Jerez de Rivadeneira. Y agregó que la alusión formulada por el dirigente de JxC respecto a “las inconsistencias que existirían sobre los votos nulos y blancos no modifican los guarismos” a favor de ambos espacios políticos. “No se advierte, entonces, que el planteo justifique la nulidad de un acto eleccionario por defectos insustanciales que carecen de entidad para torcer la voluntad electoral manifestada en la urna”, añadió la representante del MPF.

Jerez de Rivadeneira indicó que, al “sancionar con nulidad, (la norma) exige que (el acto producido) sea en un cierto grado que ponga en evidencia la existencia de una distorsión a la voluntad electoral”. “Entonces, y en concreto, no advirtiéndose que el presente sea un caso de los antes aludidos, soy de opinión que los fundamentos dados en el fallo en cuestión (por la Sala III) resultan suficientes en orden a mantener el decisorio impugnado, tornándose improcedente los agravios del actor”, enfatizó la fiscala de Cámara.

Previo a la jura

Antes del acto de jura de los 49 legisladores electos el 11 de junio, Pedicone había requerido al fuero contencioso una medida cautelar que impidiera asumir a Ledesma, algo que finalmente sucedió. En ese sentido, la representante legal de Activar, Patricia Neme, aportó un escrito advirtiendo sobre este hecho nuevo, y consignando a su vez que "durante la sesión convocada a tal efecto no se formularon impugnaciones; por lo tanto, aquel acto ha quedado consentido por el partido político” del candidato alfarista.

Pedicone, en tanto, cuestionó el rechazo a la cautelar, y aseveró que resulta “extraña la contradicción de la decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, porque, por un lado, nos concede el recurso de casación para que la Corte decida; pero, por otro lado, deniegan sobre la hora del juramento la cautelar para que no jure Ledesma, como aconteció en el precedente del caso ‘Manzone’”. “No descansaremos hasta conseguir un sistema electoral transparente y una Justicia libre e independiente en Tucumán”, aseveró el dirigente de JxC.

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