Sin Leiva, la Corte de Tucumán intervendrá en la demanda de Pedicone por la “banca 19”

Sin Leiva, la Corte de Tucumán intervendrá en la demanda de Pedicone por la “banca 19”

El expediente llegó al máximo tribunal cuando faltan días para la asunción del dirigente bancario Hugo Ledesma como legislador.

PALACIO DE TRIBUNALES. Sede de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán / Foto de archivo LA GACETA PALACIO DE TRIBUNALES. Sede de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán / Foto de archivo LA GACETA
25 Octubre 2023

Mientras el referente bancario Hugo Ledesma (Activar-PJ) se alista para asumir este domingo en la “banca 19” de la Capital en la próxima composición legislativa, el dirigente de JxC, Enrique Pedicone, insistirá con su demanda ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT).

La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con las firmas de Sergio Gandur y de Felicitas Masaguer, concedió el recurso de casación que había planteado el candidato opositor, luego del fallo que había rechazado la acción de amparo interpuesta para cuestionar el escrutinio definitivo de la última urna de esa sección electoral, correspondiente a la mesa 1.328. Por lo tanto, el expediente ya fue remitido al máximo tribunal para su estudio.

Tras ello, el presidente de la CSJT, Daniel Leiva, se excusó de intervenir en el proceso. En las actuaciones incorporadas a la causa, el magistrado detalló que correspondía esta decisión dado que se había desempeñado como titular de la Junta Electoral Provincial (JEP) en los comicios provinciales del 11 de junio.

Por su parte, Pedicone -a través de su abogado Jorge Marcelo Torres- formalizó una nueva presentación dado que, si bien la Sala III dio el visto bueno para enviar el caso a la Corte provincial, en su resolución no hubo referencias al renovado pedido de una cautelar para evitar la asunción de Ledesma. Como el legislador electo por el oficialismo participará de la ceremonia de jura de este sábado, Pedicone solicitó que se habiliten días y horas inhábiles para la continuación del trámite de este expediente.

Por ocho votos

Tras las elecciones del 11 de junio, el conteo provisorio dejó un mano a mano con final abierto entre Pedicone y Ledesma. Finalmente, el escrutinio definitivo a cargo de la Junta Electoral determinó que el alfarista había obtenido 10.719 votos; seis menos que Ledesma (10.725).

El candidato de JxC planteó ante ello una acción de amparo para requerir la nulidad de la última mesa, dado que, según el candidato alfarista, una funcionaria de la JEP había adulterado los números del escrutinio definitivo con el objetivo de favorecer a Ledesma.

El dirigente bancario y el partido “Activar”, al responder la demanda, negaron cualquier tipo de irregularidad a lo largo del escrutinio, y advirtieron que Pedicone buscaba con su planteo "revertir desesperadamente un resultado electoral que le fue desfavorable".

El 28 de septiembre, sobre la base de los informes de la Junta Electoral Provincial y de la firma MSA -a cargo de la logística electoral-, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo resolvió rechazar la demanda de Pedicone.

“(En) el análisis de la prueba, se advierte que el Acta de Escrutinio de la mesa 1.328 registra 18 votos obtenidos en la categoría Legislador para el partido ‘Activar’. (...) Esa cantidad de votos está expresada en número y en letras. A diferencia de lo sostenido por el actor (Pedicone), esos número y letras consignados en el Acta de Escrutinio no están tachados, salvados o modificados; al contrario, se mantienen impolutos, sin alteración alguna”, indicaron los camaristas Gandur y Ebe López Piossek.

Y remarcó que “no había razones para sospechar” del escrutinio, como había planteado el candidato de Juntos por el Cambio.

Tras el fallo, Ledesma valoró el fallo, pero remarcó que estaba “muy tranquilo, porque sabíamos que todo se había llevado adelante con normalidad”. “La mesa 1.328 no tenía nada especial”, expresó el dirigente bancario.

Pedicone, en cambio, recurrió la sentencia dictada en primera instancia, puesto que, a su criterio, “esquiva la cuestión de los ocho votos fantasma". Ahora, finalmente, el fallo de la Sala III será revisado por la Corte de Tucumán.

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