Cepo: limitan las operaciones con Cedears para evitar la suba del Contado con Liquidación

Cepo: limitan las operaciones con Cedears para evitar la suba del Contado con Liquidación

De qué se trata la nueva norma que emitió hoy la Comisión Nacional de Valores, para reducir la volatilidad y contener el impacto de las oscilaciones de flujos financieros.

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17 Octubre 2023

El Gobierno nacional cerró hoy aún más el cepo en las operaciones que se realizan en la Bolsa de Comercio con el objetivo de mantener controladas las cotizaciones financieras en las últimas cuatro ruedas previas a las elecciones.

Lo hizo a través de una resolución de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que limitó las operaciones con Cedears, los títulos que se utilizan para realizar las transacciones en el Contado con Liquidación (CCL).

Según se desprende de la norma, no afecta a los inversores minoristas y sólo apunta a un aspecto de la operación de los Agentes de Negociación y los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs).

Los Cedears o Certificados de Depósitos Argentinos son instrumentos de renta variable de compañías extranjeras que se pueden adquirir localmente y en pesos.

La norma que emitió la CNV obliga a los AlyCs a la presentación de una declaración jurada para realizar una operación.

Además sumó la posibilidad de no usar parking para comprar dólar Contado con Liquidación (CCL) por SENEBI (otro mercado bursátil) mientras se descargue esos dólares vía desarme de Cedears contra pesos argentinos.

Para tomar esta medida la CNV sostuvo que "en el actual contexto económico imperante y en el marco de la reciente evolución del mercado de cambios, se torna necesario reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real, así como el impacto de las operaciones instrumentadas en el mercado de capitales a través de la compra venta simultánea de valores negociables".

La medida entra en vigencia a partir de hoy mediante la Resolución General 982/2023 publicada en el Boletín Oficial.

La norma aclara que es de "carácter extraordinario y transitorio", hasta tanto "hechos sobrevinientes hagan aconsejable su revisión y/o desaparezcan las causas que determinaron su adopción".

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