Revés para Cristina Kirchner: la Corte Suprema rechazó recursos en la causa "La ruta del dinero" y el pacto con Irán

Revés para Cristina Kirchner: la Corte Suprema rechazó recursos en la causa "La ruta del dinero" y el pacto con Irán

La ex mandataria había cuestionado la integración de tribunales que fallaron en su contra.

Revés para Cristina Kirchner: la Corte Suprema rechazó recursos en la causa La ruta del dinero y el pacto con Irán
10 Octubre 2023

Un nuevo revés judicial sufrió Cristina Fernández de Kirchner. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó hoy una serie de recursos de la vicepresidenta que había cuestionado la integración de tribunales que fallaron en su contra en las causas conocidas como “La Ruta del Dinero K” y memorándum con Irán.

En el primer caso, los letrados de la ex mandataria habían recusado a los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, de la Sala II de la Cámara Federal. Su argumento fue que ambos magistrados habían hecho lugar el 31 de agosto de 2018 a un pedido de la Unidad de Información Financiera y habían dispuesto que se convocará a Cristina Kirchner a prestar declaración indagatoria acusada de lavado de dinero.

Otro de los camaristas, el magistrado Leopoldo Bruglia rechazó el pedido de apartamiento de sus colegas y Kirchner recurrió dicha decisión hasta llegar a la Corte, consignó un informe del diario La Nación

Ya en la Cámara de Casación habían rechazado su recurso con fundamento en que las resoluciones que deciden sobre recusaciones no son de las que permiten ser impugnadas, pues no son sentencias definitivas.

El máximo tribunal también rechazó el planteo porque no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable.

En tanto, en la causa por la firma del memorándum con Irán, la defensa de Fernández Kirchner, por un lado, y la de Oscar Parrilli, por otro, habían recusado al juez Juan Carlos Gemigniani, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.

El tribunal rechazó los pedidos de apartamiento. Entendió que las defensas no habían demostrado la vulneración de garantías constitucionales ni que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado.

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