Confirmaron los seis años de prisión contra el constructor Barenbreuker

Confirmaron los seis años de prisión contra el constructor Barenbreuker

La Corte Suprema provincial rechazó el recurso de Casación interpuesto por la defensa.

Otto Barenbreuker. LA GACETA/FOTO DE JUAN PABLO SÁNCHEZ NOLI Otto Barenbreuker. LA GACETA/FOTO DE JUAN PABLO SÁNCHEZ NOLI

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmó la condena contra el arquitecto y empresario de la construcción Otto Fernando Barenbreuker y aunque todavía le resta la cuestión federal que planteó ante la Corte de la Nación y que aún no se sabe si será admitida, esto significa que deberá cumplir los seis años de prisión a los que fue sentenciado.

En noviembre del año pasado, el arquitecto fue juzgado a lo largo de varias jornadas, luego de haber sido denunciado por 20 personas que habían pagado por acceder a departamentos que, o nunca fueron entregados, o se lo hizo en condiciones muy distintas a las pautadas. Las juezas Stella Maris Arce, Wendy Kassar y María Fernanda Bahler condenaron a Barenbreuker por defraudaciones en concurso real con las amenazas que dijo haber sufrido una de las denunciantes. “Barenbreuker montó toda esta estructura con la finalidad de defraudar a los inversionistas. Utilizó un negocio jurídico válido, con el fin de administrar en forma fraudulenta los bienes entregados, y desviarlos del fin para el que fueron invertidos. En lugar de invertirlos en las obras de los fideicomisos para los que fueron entregados, los desviaba en beneficio propio hacia otros fines distintos”, dijeron en ese momento las juezas, luego de varios días de audiencias. Luego de escuchar a decenas de testigos (entre denunciantes, peritos y allegados), Carlos Saltor solicitó nueve años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación para ejercer el comercio. Los querellantes Luis Maria Rizzo, Rosa Nosseti y José Gerónimo Paz, en tanto, habían pedido 12 años de prisión. Los defensores Carlos Varela Soria y Juan Colombres Garmendia, en tanto, habían solicitado la absolución, o que, en caso de condena, se aplique la pena de un año y medio de prisión de ejecución condicional.

Tras el recurso de Casación planteado por la defensa, la Corte le pidió opinión al Ministro Fiscal Edmundo Jiménez, quien fue lapidario. “El fiduciario conocía el perjuicio que causó a los fiduciantes al no entregar las unidades que las víctimas esperaban recibir luego de haber transmitido su patrimonio. No tengo dudas que se aprovechó de la confianza depositada en él y no protegió el patrimonio recibido. Dispuso de ese dinero en su beneficio para seguir formando fideicomisos que no entregaba, cobrando honorarios por el rol de fiduciario que no cumplía y beneficio a terceros”, advirtió Jiménez.

En la Corte, la sentencia fue analizada por el presidente, Daniel Leiva, como vocal preopinante, Antonio Estofán y Daniel Posse, quienes avalaron en un todo la sentencia de la sala penal.

Según opinó Leiva luego de desmenuzar una a una las audiencias, “se aprecia que el Tribunal construyó su razonamiento enlazando los datos probatorios recabados durante el proceso. En rigor, no sólo tuvo en cuenta la prueba instrumental agregada a la causa sino también la declaración de los testigos víctimas, la Sra. (María Marta) Lastra

Lobo y el Sr. Mario Wajnerman. Asimismo, valoró la declaración de Marcelo Francia, quien trabajó para el acusado, y de la Arquitecta Ana Laura Gómez Jacoud quien explicó las deficiencias en la construcción del dúplex que debía entregarse a las partes querellantes. Por si lo anterior fuera poco, también tuvo en cuenta la deficiente explicación que brindó el imputado sobre la situación”, indicó el presidente de la Corte. “El razonamiento de la Cámara demostró cabalmente que el acusado perjudicó los bienes fideicomitidos defraudando los derechos de las víctimas. También explicó cómo la defraudación se tradujo en un provecho para el imputado”, agregó. “Es factible apreciar que la Sala de Juicio aplicó a Otto Barenbreuker una pena de 6 años de prisión, basándose en las circunstancias del hecho acreditado, y en la gravedad de la acción empleada. Es posible adelantar que esa construcción jurídica descansa en un desarrollo producto de un análisis completo y meduloso de las cuestiones que eran centrales para resolver adecuadamente la cantidad y calidad de poder punitivo a determinar”, afirmó el vocal.

A lo largo de las 43 páginas que tiene el fallo, Leiva analizó (y los otros vocales respaldaron) lo sucedido en las sucesivas audiencias, los testimonios colectados y las pruebas presentadas por todas las partes, y concluyeron en que la sentencia era correcta. Por eso, por unanimidad, resolvieron no hacer lugar al recurso de Casación presentado por los defensores de Barenbreuker, aunque le dejaron abierta la posibilidad de plantear la cuestión en la Corte de la Nación. Mientras tanto, el empresario permanecerá preso.

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