Ciudadanía española: ¿puedo tramitarla si soy bisnieto?

Ciudadanía española: ¿puedo tramitarla si soy bisnieto?

Cada vez más argentinos tramitan la ciudadanía española. Una ley facilitó el trámite para una gran cantidad de personas.

Cómo tramitar la ciudadanía española Cómo tramitar la ciudadanía española
29 Agosto 2023

España ocupa el primer puesto en el ranking de destinos elegidos para mudarse y buscar mejores oportunidades laborales. Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas de España, desde 2021 se registra el número más alto de movimientos migratorios desde la Argentina hacia el país ibérico. 

Ante el contexto económico que atraviesa el país y que se agudizó las las elecciones PASO 2023, muchos argentintos analizan la posibilidad de migrar hacia otras latitudes. Sin embargo, quienes planeen hacerlo, y en especial trabajar, necesitan contar con una ciudadanía europeo. Este documento garantiza permanencia en calquier país de Europa y también el acceso a derechos como la salud.

En lo que respecta a la nacionalidad española, hasta hace poco tiempo solo podían gestionarla los nietos de ciudadanos españolaes. Sin embargo, esta condición cambió con la Ley de Memoria Democrática y Ley de Nietos, que posibilita a los bisnietos acceder al trámite. Tiene vigencia hasta octubre de 2024, por lo que es necesario que todos los solicitantes presenten la documentación previamente.

Cómo hacer ciudadanía española siendo bisnieto

La Ley de Memoria Democrática, también conocida como la Ley de Nietos, brinda la oportunidad a los descendientes de ciudadanos españoles de obtener la nacionalidad española.

Tal como sugiere su denominación común, esta regulación permite que los nietos de individuos de nacionalidad española adquieran la ciudadanía, ya que son parientes de segundo grado. No obstante, incluso los bisnietos de ciudadanos españoles tienen el derecho de solicitar la ciudadanía.

Si los padres de los solicitantes ya poseen la ciudadanía española, los solicitantes pueden obtenerla mediante el principio de "ius sanguinis", que significa el derecho de sangre, y por lo tanto se consideran ciudadanos españoles.

Por otra parte, si los padres de los solicitantes aún no se han naturalizado como ciudadanos españoles, deben iniciar el trámite en primer lugar. Es esencial que los padres, es decir, los nietos de los ciudadanos españoles presenten todos los documentos requeridos, inicien el procedimiento y obtengan la aprobación de su ciudadanía. Una vez que se les concede la ciudadanía, aunque no esté oficialmente inscrita, sus hijos pueden acceder a la nacionalidad.

En el caso de los bisnietos de ciudadanos españoles, pueden presentar su documentación y comenzar el proceso al mismo tiempo que sus padres, pero la resolución de su solicitud se pospondrá hasta que se apruebe la solicitud de sus padres.

Se recomienda presentar la solicitud cuanto antes, dado que la Ley de Nietos permanecerá en efecto hasta el 20 de octubre de 2024. Por lo tanto, existe la posibilidad de que las solicitudes de los nietos sean aprobadas cerca de esa fecha o después de ella, y los bisnietos podrían no tener la oportunidad de presentar sus solicitudes.

Las solicitudes presentadas antes de octubre de 2024 estarán protegidas, ya que habrán sido presentadas dentro del plazo estipulado.

¿Qué se necesita para sacar la ciudadanía española Ley de Nietos?

La Ley de Memoria Democrática, promulgada por el Senado español en 2022, también es conocida como la "Ley de Nietos". Esta legislación permite que los descendientes de españoles soliciten la ciudadanía europea, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

La ley no impone un límite de edad para iniciar el proceso y puede realizarse a través de cualquier consulado español en todo el mundo.

Los grupos que pueden acceder a la ciudadanía española a través de la Ley de Nietos son:

- Hijos o nietos nacidos fuera de España debido a que sus antepasados españoles se vieron obligados a exiliarse por razones políticas, ideológicas, de creencias u orientación e identidad sexual, y como resultado, perdieron o renunciaron a su nacionalidad

- Hijos o nietos nacidos fuera de España cuyos padres o abuelos originalmente eran españoles

- Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad en el extranjero al casarse antes de que entre en vigencia la Constitución de 1978

No importa la fecha en que emigró el ancestro, los beneficiarios deben demostrar el vínculo familiar. Para hacerlo, deben presentar las actas de nacimiento, matrimonio y defunción del antecesor, así como las correspondientes del solicitante de la ciudadanía.

Se pueden solicitar todos estos documentos en línea sin ningún costo, para luego completar la solicitud ante el Consulado General español.

¿Qué se necesita para tener la ciudadanía española?

Existen diferentes tipos de ciudadanía española, según el tipo de nacionalidad que se quiera acceder, el tipo de trámite y la documentación que se requerirá.

La ciudadanía española se puede obtener por:

Descendencia: los hijos de españoles reciben la ciudadanía de forma directa, solo deben presentar la documentación que confirme el parentesco. Además, con la nueva Ley de Nietos, los nietos de españoles que pertenezcan a los grupos beneficiados pueden solicitar la nacionalidad.

Residencia: personas que vivan de manera legal en el país hace diez años pueden obtener la ciudadanía a través de la naturalización.

Opción: extranjeros pueden solicitar la nacionalidad a través de sus padres.

Matrimonio: personas que vivieron legalmente en España durante un año y se casaron con españoles pueden acceder a una autorización de residencia y trabajo.

Según el tipo de nacionalidad a la que se quiera acceder, los documentos que deben presentarse. La documentación que se debe presentar en la mayoría de todos los trámites son:

Documento nacional de identidad argentino del solicitante y su partida de nacimiento legalizada

Partida de nacimiento española del familiar que da la ciudadanía y pasaporte español o partida de defunción si fuese el caso

Acta de matrimonio de los padres del titular del turno. Si no están casados, hay que presentar la partida de nacimiento del padre o madre que no tenga la nacionalidad española

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