El vocal de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sergio Gandur, resolvió citar al legislador electo Hugo Ledesma y al “acople” oficialista Activar para que intervengan en la causa impulsada por el candidato opositor Enrique Pedicone (JxC) por la “banca 19” de la sección Capital en el Poder Legislativo.
Además, el magistrado requirió al dirigente bancario y a su espacio político que, en el plazo de tres días, produzcan los informes de rigor respecto a la demanda formulada por el ex juez penal, quien lideró el "acople" alfarista Compromiso con el Pueblo en los comicios del 11 de junio.
Hasta ahora, además de Pedicone, tuvieron participación en este proceso judicial la Provincia (a través del abogado de la Fiscalía de Estado, Aldo Cerutti) y la Junta Electoral Provincial (JEP), órgano integrado por Daniel Leiva, Edmundo Jiménez y Washington Navarro Dávila.
Con la reciente decisión del juez Gandur, Ledesma y el partido “Activar” podrán sumar argumentos en contra de la acción de amparo promovida por Pedicone.
Elección y demanda
Ledesma -subinterventor de la Caja Popular de Ahorros- ya fue proclamado como legislador electo por la JEP, y está en condiciones de prestar juramento a finales de octubre, junto con los demás 48 integrantes de la próxima composición parlamentaria.
El escrutinio definitivo determinó que el dirigente bancario había obtenido 10.725 votos, es decir, seis más que Pedicone (Compromiso con el Pueblo, 10.719 sufragios).
El postulante alfarista resolvió iniciar una demanda, en la que sostuvo que la Junta “favoreció” a Ledesma. Argumentó que el acta oficial fue “adulterada y vandalizada por la presidente de la mesa” a cargo del recuento. Según su versión, la funcionaria “realizó tachones, raspaduras, sustituciones y reasignaciones de votos y cifras de manera obscena, con el fin de hacer cuadrar los números a favor del partido Activar”.
“Todos los fiscales de mesa, de los diferentes partidos, incluso de Activar, tenían 10 votos (para Ledesma en la mesa 1.328), y para nuestro partido, también 10 votos”, añadió Pedicone. Y aseveró que, “de pronto, aparece una nueva acta de escrutinio, presentada por la presidenta de ese box 5, que transforma la cantidad de 10 sufragios de la lista Activar en 18 votos”. Por ello, requirió que se declare la nulidad de la mesa 1.328.
Tanto la Provincia como el órgano de control de los comicios rechazaron el relato del dirigente alfarista.
“Entendemos que las manifestaciones del amparista en relación a que el acta de escrutinio ha sido ‘adulterada y vandalizada’ de forma ‘obscena’ por las autoridades de la Junta resultan una calificación completamente falaz y malintencionada”, sostuvo la JEP, a través de un escrito firmado por el secretario electoral Darío Almaraz.
La Fiscalía de Estado consideró que “el demandante, a título personal y en su carácter de candidato oficializado del partido político (Compromiso con el Pueblo), intenta injustificadamente sortear el consentimiento de la legitimidad de la Mesa 1.328 que manifestaron en su oportunidad los apoderados de la entidad política que lo postuló”.
Además, el abogado de la Provincia destacó que “los guarismos referidos al número de votantes” respecto a la lista “Activar”, liderada por Ledesma, “son coincidentes tanto en el Acta de Escrutinio, el Certificado de Escrutinio como el Telegrama del escrutinio provisorio”, con “18 votos escrutados” para el dirigente bancario.
Por otro lado, la Fiscalía de Estado había solicitado -sin éxito- la citación de terceros y la incorporación de “Activar” en carácter de parte a este proceso judicial.
Ahora, el juez Gandur resolvió que el partido político y el propio legislador electo sean citados para estar “a derecho” en la causa, con el fin de “respetar la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa, en el marco de un proceso electoral en el que se cuestiona la asignación del último escaño” de la Capital en la Legislatura. Además, requirió que “en el plazo de tres días produzcan el informe previsto” en el Código Procesal Constitucional. En otro apartado, y “atento a lo solicitado”, el juez corrió traslado de la demanda y de sus ampliaciones a la Provincia, por un plazo de tres días.