15 Diciembre 2003
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán dispuso el procesamiento (sin prisión preventiva) del empresario Jorge Alberto Rocchia Ferro, al considerarlo presunto autor penalmente responsable del delito de usurpación de unos terrenos fiscales en la Banda del Río Salí. También se trabó embargo sobre los bienes del dueño del ingenio La Florida por $10.000.
El fallo fue firmado por los camaristas Marina Cossio de Mercau, Ernesto Wayar y Raúl David Mender. Se excusaron Ricardo Sanjuán (alegó violencia moral) y Graciela Fernández Vecino, quien intervino en la causa como defensora oficial.
Programa Arraigo
La denuncia original fue interpuesta por el ex interventor del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), Rodolfo Neme, quien relató que se usurparon inmuebles del Estado provincial, que habían recibido en el marco del Programa Arraigo para la construcción de 15 viviendas para familias de escasos recursos.
En 1997 se realizó la licitación para la edificación del barrio, que ganó la empresa Falivene. El 9 de octubre de ese año, se colocó en el predio un monolito que iba a ser inaugurado por el entonces gobernador Antonio Domingo Bussi, como piedra basal del barrio.
Pero antes, por la noche, ingresaron topadoras que demolieron el monolito y varios obreros que cercaron el predio con alambre de púas.
Fallo de Terán
Rocchia Ferro había sido sobreseído total y definitivamente por el juez federal Felipe Terán, decisión que fue apelada por el fiscal federal Emilio Ferrer y sostenida por el fiscal general Gustavo Gómez. La Cámara compartió este criterio y consideró que, de acuerdo con las pruebas sustanciadas, "están reunidos suficientes elementos de convicción para el dictado del procesamiento".
El tribunal entendió que está acreditado, con semiplena prueba, que el procesado habría ordenado a sus empleados del ingenio La Florida que, mediante el uso de la violencia, despojaran al IPV de la posesión del inmueble. "Los elementos probatorios no podrían ser válidamente desvirtuados, al menos por ahora, sólo por las llamativamente concordantes manifestaciones de los testigos propuestos por la defensa", advirtió.
Los camaristas puntualizaron que el plano de mensura para prescripción adquisitiva que presentó como prueba el empresario tiene como fecha el 9 de noviembre de 1997, un mes después de que el Estado colocó el monolito.
Asimismo, el juicio de la compañía azucarera Los Balcanes (de Rocchia Ferro) sobre información posesoria del terreno que fue ocupado se inició en febrero de 2002.
La causa volvió ahora al juzgado de origen, para que se profundice la investigación. Terán reconoció, en su sobreseimiento, que estaba acreditado que el Estado nacional es el propietario de las tierras.
El fallo fue firmado por los camaristas Marina Cossio de Mercau, Ernesto Wayar y Raúl David Mender. Se excusaron Ricardo Sanjuán (alegó violencia moral) y Graciela Fernández Vecino, quien intervino en la causa como defensora oficial.
Programa Arraigo
La denuncia original fue interpuesta por el ex interventor del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV), Rodolfo Neme, quien relató que se usurparon inmuebles del Estado provincial, que habían recibido en el marco del Programa Arraigo para la construcción de 15 viviendas para familias de escasos recursos.
En 1997 se realizó la licitación para la edificación del barrio, que ganó la empresa Falivene. El 9 de octubre de ese año, se colocó en el predio un monolito que iba a ser inaugurado por el entonces gobernador Antonio Domingo Bussi, como piedra basal del barrio.
Pero antes, por la noche, ingresaron topadoras que demolieron el monolito y varios obreros que cercaron el predio con alambre de púas.
Fallo de Terán
Rocchia Ferro había sido sobreseído total y definitivamente por el juez federal Felipe Terán, decisión que fue apelada por el fiscal federal Emilio Ferrer y sostenida por el fiscal general Gustavo Gómez. La Cámara compartió este criterio y consideró que, de acuerdo con las pruebas sustanciadas, "están reunidos suficientes elementos de convicción para el dictado del procesamiento".
El tribunal entendió que está acreditado, con semiplena prueba, que el procesado habría ordenado a sus empleados del ingenio La Florida que, mediante el uso de la violencia, despojaran al IPV de la posesión del inmueble. "Los elementos probatorios no podrían ser válidamente desvirtuados, al menos por ahora, sólo por las llamativamente concordantes manifestaciones de los testigos propuestos por la defensa", advirtió.
Los camaristas puntualizaron que el plano de mensura para prescripción adquisitiva que presentó como prueba el empresario tiene como fecha el 9 de noviembre de 1997, un mes después de que el Estado colocó el monolito.
Asimismo, el juicio de la compañía azucarera Los Balcanes (de Rocchia Ferro) sobre información posesoria del terreno que fue ocupado se inició en febrero de 2002.
La causa volvió ahora al juzgado de origen, para que se profundice la investigación. Terán reconoció, en su sobreseimiento, que estaba acreditado que el Estado nacional es el propietario de las tierras.