Para el Tribunal Oral Federal (TOF) tucumano, la aplicación del 2x1 sería como hacer “entrar a la prescripción y la amnistía parciales por la puerta de atrás” en los casos que involucran delitos de lesa humanidad. Consideró también que “amenaza servir como escudo protector del poder estatal y sus asesinos y sus torturadores”. Con duros conceptos como estos, los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga rechazaron por unanimidad el planteo de excarcelación planteado por la defensa del represor Carlos Eduardo Trucco, condenado en 2013 en el contexto de la megacausa “Arsenales II-Jefatura II” (la sentencia no está firme).
En paralelo, el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la aplicación de la norma, tal como habían solicitado el fiscal federal a cargo de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, Pablo Camuña, y las querellas, entre ellas, la de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
La decisión fue notificada ayer, horas después de que el Congreso pusiera un límite a la aplicación del beneficio en el cómputo de las penas y de marchas multitudinarias en todo el país. El de Tucumán es el segundo TOF que se inclina por la inconstitucionalidad: el primero fue el de San Juan.
La decisión dejó entrever la postura que los magistrados podrían tener en relación a los planteos por otros 42 condenados que ingresaron al TOF durante esta semana.
El caso “Trucco” había sido el primero en Tucumán luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
A la presentación la había efectuado el abogado particular Facundo Maggio, quien renunció a la defensa técnica porque su pliego para asumir como juez penal iba a ser tratado en la Legislatura (tras los cuestionamientos de organismos de derechos humanos y de sectores políticos opositores fue finalmente retirado por el gobernador Juan Manzur) y la defensa quedó a cargo de Luis Velasco.
“Fin a la impunidad”
Los jueces consideraron que se trató de una reedición del planteo, dado que la defensa había efectuado un pedido similar y el TOF lo había resuelto, rechazándolo, en junio de 2015. Los magistrados consignaron inicialmente que diferían con la argumentación y la resolución del máximo tribunal.
“Una correcta, saludable y razonable interpretación de las normas requiere tener presente también los principios que rigen el derecho internacional de los derechos humanos: cualquier otra interpretación en nuestro sistema jurídico actual significa una visión sesgada, miope e inconstitucional”, afirmaron los magistrados.
Subrayaron que las principales características de los delitos de lesa humanidad es que son inamnistiables e imprescriptibles, es decir, que no pueden ser “perdonados” por una legislación o fallo ni el castigo penal extinguido por el paso del tiempo.
“Gracias a los juicios de la segunda década del siglo XXI, la realidad de estos crímenes se ha instalado en la conciencia pública argentina. Frente a atrocidades que desafían la imaginación y conmueven profundamente la conciencia de la humanidad, tales crímenes no deben quedar sin castigo y se debe poner fin a la impunidad. Consecuentemente, es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales”, resaltaron. Concluyeron que en los hechos, poner en práctica el 2x1 sería una prescripción parcial y casi una reducción a la mitad de las penas impuestas.
En diciembre de 2013, el TOF condenó a 37 de los 41 imputados en “Arsenales II-Jefatura II”, el mayor juicio de derechos humanos celebrado en la provincia. Trucco, un militar retirado, fue uno de los penados. Trucco había sido detenido en septiembre de 2010. El TOF le atribuyó los delitos de asociación ilícita (autor material); violación de domicilio de cinco víctimas; privación ilegítima de libertad e imposición de tormentos agravada en siete oportunidades (autor mediato), y privación ilegítima de libertad, imposición de tormentos agravada y homicidio triplemente agravado en dos oportunidades (partícipe secundario). La pena había sido apelada por querellas particulares y por la defensa. En mayo de 2016, el condenado había sido beneficiado con la prisión domiciliaria, con monitoreo electrónico. Hasta ese entonces permanecía en el complejo penitenciario de Marcos Paz (Buenos Aires).
El Tribunal Oral tucumano recibió en las últimas horas pedidos para beneficiar con el 2x1 en el cómputo de las penas a otros 42 condenados por delitos de lesa humanidad. Entre ellos está Luciano Benjamín Menéndez y Roberto “El Tuerto” Albornoz.