Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 3990, la AFIP, encabezada por Alberto Abad, simplificó los trámites que deben realizar los ciudadanos cuando lleva a cabo actividades que no justifican su inscripción como responsables de IVA y Ganancias.
A partir de ahora, la institución aplicará una serie de medidas que avanzan en el uso de la vía electrónica para cumplir obligaciones y que implican, también, un mayor poder de control estatal.
Acá van algunas de ellas:
1- Recategorización
Si la AFIP detecta inconsistencias, desde ahora podrá colocar a un contribuyente en una categoría diferente a la que fue declarada, detalló el diario La Nacion.
2- Factura electrónica
La facturación online hoy es obligatoria a partir de la categoría H. A partir de mayo lo será también para las F y G (ingresos anuales de hasta $ 504.000)
3- Domicilio electrónico
Hay tiempo hasta el 30 de septiembre para informar el domicilio fiscal electrónico, que reemplaza a un domicilio físico para las notificaciones de la AFIP
4- Pago por vía bancaria
Hasta noviembre, todos los monotributistas quedarán obligados a pagar por alguna modalidad que implique contar con una cuenta bancaria.
5- Categorización anual
Cafda septiembre será obligatorio ingresar al trámite de recategorización, aunque sólo sea para confirmar la posición en la tabla.
6- Nueva aplicación
Desde hoy funcionará una app para monotributistas, desde la cual se podrán hacer varios trámites y recibir notificaciones electrónicas
7- Incumplimiento
La omisión de la nueva reglamentación impedirá al contribuyente y a sus clientes obtener la constancia de opción de Monotributo, aunque deberá seguir pagando el cargo mensual, informó Infobae.