Quiénes, cómo y hasta cuándo: todo lo que hay que saber para blanquear dinero

Quiénes, cómo y hasta cuándo: todo lo que hay que saber para blanquear dinero

El 31 de este mes vence el plazo para exteriorizar sólo moneda en efectivo, según la ley nacional.

SISTEMA. La Ley 27.260 creó el Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados y el Régimen de Sinceramiento Fiscal. FOTO TOMADA RIONEGRO.COM. SISTEMA. La Ley 27.260 creó el Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados y el Régimen de Sinceramiento Fiscal. FOTO TOMADA RIONEGRO.COM.
19 Octubre 2016
Hasta el próximo lunes 31 se podrá blanquear dinero en efectivo. Así lo establece el vigente Régimen de Sinceramiento Fiscal, contenida en la Ley 27.260.

El programa de blanqueo está dirigido a aquellos ciudadanos y personas jurídicas -sociedades, asociaciones, fundaciones, fideicomisos, entre otras- que hasta ahora no han tributado conforme su capacidad contributiva. Podrán exteriorizar su real situación patrimonial hasta el 31 de marzo de 2017. Paralelamente, aquellos que vienen cumpliendo sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, pueden acceder a beneficios impositivos, de acuerdo a la norma.

La exteriorización de dinero:

- El sujeto que quiere acogerse al régimen y que posee monedas en efectivo en el país, lo debe hacer a través de un depósito en una entidad bancaria hasta el 31 de octubre de este año. Los fondos depositados hasta esa fecha deben quedar inmovilizados durante seis meses o hasta el 31 de marzo de 2017 (“lo que fuera mayor”, explica el programa). El contribuyente puede utilizar ese dinero inmovilizado para la adquisición de bienes registrables y bonos o pagar el impuesto especial que se creó con esta ley.

- En cuanto a las monedas depositadas en el exterior, la persona debe declarar su depósito en entidades radicadas en países cooperantes. Para el resto de los bienes, se debe presentar una declaración jurada con identificación y valuación al 22 de julio de 2016.

A través del sitio oficial www.afip.gob.ar, se puede acceder a información sobre el régimen e interactuar con simuladores. Otros datos:

¿Quiénes pueden adherir?

-La adhesión se extenderá hasta el 31 de marzo de 2017. Pueden acceder personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país al 22 de julio de este año.

-También pueden suscribir al programa sociedades, asociaciones, fundaciones, fideicomisos, entre otras (personas jurídicas), constituidas en la Argentina al 31 de diciembre de 2015.

-Deben constituir y mantener un domicilio fiscal electrónico, tener actualizado su domicilio fiscal, actualizar el código de actividad y registrar un correo electrónico y número de teléfono en el sistema registral.

¿Cuáles son los bienes se pueden "blanquear"?

-Tenencia de moneda nacional o extranjera.

-Depósitos en moneda nacional o extranjera.

-Bienes muebles e inmuebles.

-Acciones y participaciones en sociedades y empresas.

-Bienes de cambio.

-Créditos y aportes de capital.

-Instrumentos financieros, títulos valores y demás bienes.

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