Por Álvaro José Aurane
10 Mayo 2014
El Estado tucumano, es decir, la administración de la cosa pública por parte de tres poderes teóricamente separados, ya es tan sólo una ininterrumpida sucesión de descaros institucionales. Acaso esa es toda la utilidad pública que podrá encontrarse para esa desvergüenza oficial que hoy anuda al Poder Ejecutivo, a la Legislatura y a la Justicia, y que por una cuestión de mera economía del castellano, puede sintetizarse como el caso del fiscal Carlos Albaca.
El antecedente
La situación de ese funcionario judicial es una de las más documentadas faltas de respeto a la razonabilidad como principio jurídico básico por parte de un Gobierno presuntamente republicano. Por ello, no sólo desautoriza a las autoridades provinciales en el presente, sino que exhibe la peligrosa incoherencia de la cual ha sido capaz el oficialismo vernáculo en el pasado reciente. Porque el caso Albaca se da en Tucumán justo después de que el alperovichismo se autoproclamara enemigo de las causas penales impunes y sometiera a linchamiento público a los tres camaristas que dictaron, en 2012, el fallo absolutorio contra los 13 imputados por el secuestro y la desaparición en democracia de María de los Ángeles “Marita” Verón.
La advertencia
Esos magistrados dijeron que no podían condenar a los acusados de los delitos por los que estaban siendo juzgados porque la instrucción de la causa llevada adelante por la Policía de Tucumán lo hacía imposible. Confirmaron lo que seis años antes, el 27 de julio de 2006, había advertido por nota oficial al Estado tucumano la Coordinación del Programa Nacional Anti Impunidad, de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación: En el mejor de los casos, si la policía provincial nada tiene que ver con el secuestro y la desaparición de Marita y las niñas y mujeres sometidas a explotación sexual en Tucumán, resulta inapropiado requerirles una investigación sobre hechos y actores que no les resultan ajenos; no se trata de hechos aislados sino sistemáticamente cometidos.
Los paladines
A pesar de ello, el gobernador mandó que tronara el escarmiento contra esos jueces. José Alperovich, personalmente, rechazó las renuncias que, para tramitar sus jubilaciones, habían presentado Alberto Piedrabuena y de Emilio Herrera Molina. El mandatario quería que fueran echados. Y los legisladores del alperovichismo apuraron el juicio político contra Eduardo Romero Lascano. Y la Corte cometió el histórico papelón de designar en el jury de enjuiciamiento a Daniel Posse, que ya era presidente del Consejo Asesor de la Magistratura, con lo cual se incurría en una incompatibilidad establecida por ley. Lo que importaba no era la legalidad sino castigar a los que desobedecían lo que con absoluto descaro exigía la Casa Rosada. Como secretario de Justicia de la Nación, como funcionario de este Gobierno nacional, en nombre y representación de la presidenta de la Nación (Cristina Kirchner) es que le vengo a pedir al poder político de Tucumán; compuesto por los tres poderes del Estado, que resuelva el caso de Marita Verón. Que condene a los culpables, había dicho en junio pasado Julián Álvarez, como si esta no fuera una provincia soberana sino una estancia kirchnerista.
La disidencia
Al final, es obvio, hubo fallo condenatorio en el caso Verón, pero por votación dividida. Para condenar, debo tener certezas. Y la certeza es algo intransferible, propio. Me resultó moralmente inaceptable fijar una pena en un caso que no he juzgado, advirtió con coraje el camarista Emilio Páez de la Torre.
El sumario
Albaca, en contraste, está señalado como uno de los mayores responsables de que el asesinato de Paulina Lebbos, ocurrido a inicios de 2006, siga impune. Y a esto no lo dice sólo el padre de la víctima, el infatigable Alberto Lebbos, sino la valiente fiscala de camara Marta Jerez de Rivadeneira. Ante la gravedad de los sucesos, (Albaca) asumió un rol pasivo en la investigación ya que jamás cotejó y estudió los elementos aportados por la Policía y, menos aún, tomó medidas al respecto, manifestó en el sumario administrativo al fiscal de la II Nominación, que tuvo a su cargo la pesquisa durante siete años. La instructora dijo que Albaca procedió con negligencia e indolencia, y que actuó con ligereza. No fue diligente tratando de descubrir la verdad con la mayor brevedad posible sino que dejó que los avatares del proceso amortigüen el dolor y el clamor público, y que el paso del tiempo entretenga la investigación con el consiguiente peligro de que las pruebas se estropeen o se pierdan.
La contradicción
¿Qué pasó cuando Albaca presentó la renuncia a su cargo, condicionada a obtener el beneficio de la jubilación? El gobernador aceptó sin demora la dimisión del fiscal que, en un informe elevado a la Corte Suprema provincial el año pasado, reveló que una de sus ocho hipótesis investigativas en la “Causa Lebbos” era la de “los hijos del poder”.
La prevaricación
Inmediatamente, los legisladores oficialistas decidieron que era un buen momento para la prevaricación y resolvieron que esa renuncia a medias hacía caer los pedidos de juicio político que habían planteado, por separado, el diputado José Cano (UCR) y el legislador Alberto Colombres Garmendia (PRO). Jamás una dimisión condicionada puede frenar el proceso de destitución, porque puede que las condiciones invocadas por el funcionario para dejar su cargo no se cumplan. Eso fue exactamente lo que ocurrió. La Corte Suprema tucumana, mediante la acordada 343/14, le informó al Poder Ejecutivo que el fiscal Albaca, según la Anses, no reúne los requisitos para jubilarse. Lo cual plantea dos y sólo dos posibilidades respecto del oficialismo parlamentario en la comisión de Juicio Político: o no reúnen el único requisito que exige la Constitución para el ejercicio de un cargo público, la idoneidad; o si son idóneos y se prestaron de manera espuria a la estrategia de frenar -por razones inconfesables- la destitución del fiscal que dijo de Paulina: “Lebbos tenía tendencia a las relaciones sexuales casuales (...), en ocasiones era ‘intrépida’ (...) y capaz de emprender acciones temerarias”.
La denegatoria
Porque, como sostiene el legislador radical Ariel García, es difícil no sospechar que la inútil renuncia de Albaca fue una estrategia para desbaratar los planteos de remoción de la oposición, teniendo en cuenta que el funcionario judicial conocía desde hace un año y medio que no reunía los requisitos para obtener el 82% móvil. Según el opositor, mediante la Resolución 120/2013, del 28 de enero de 2013, la Unidad de Trámites Interjurisdiccionales ya le había denegado la jubilación.
La insistencia
Ahora, el PRO ha vuelto a la carga con su planteo para remover a Albaca. Y Albaca ha vuelto a insistir con su renuncia condicional. Esta columna accedió a la nota ingresada a las 19.05 del jueves en Casa de Gobierno (Expediente 1142/110-A-14), mediante la cual el fiscal informa que se encuentra realizando nuevos trámites ante la Anses a los fines de la obtención del beneficio previsional. En concreto, adjunta la obtención de un turno en la Anses para el próximo martes 20, a fin de tramitar el beneficio jubilatorio bajo el amparo de la Ley 24.018 (régimen previsional para magistrados y funcionarios judiciales), cumplimentando los recaudos exigidos por la normativa mencionada, entre ellos -reitero- la propia renuncia condicionada.
La pregunta
¿Los legisladores alperovichistas de Juicio Político van a volver a desestimar los planteos del fiscal que duda que Paulina haya sido asesinada por asfixia mediante estrangulamiento manual, como sostiene la primera autopsia, y que prefiere las hipótesis relativas a que Lebbos podría haber muerto por un ataque de asma combinado con el consumo de alcohol y, eventualmente, de sustancias tóxicas; la práctica de la autoasfixia durante la masturbación; o la práctica de la asfixia con una pareja?
El giro
¿Por qué el Poder Legislativo se va a privar del descaro, si el solemne Poder Judicial hace gala de él? El ministro fiscal, Luis De Mitri, acaba de elevar su dictamen no vinculante a la Corte en el contexto del sumario sustanciado por Jerez de Rivadeneira y ha dicho que Albaca, con su accionar (en el caso Lebbos), demostró que incurrió en conductas que evidencian el incumplimiento de sus deberes, lo que importa mal desempeño y la producción de un menoscabo intolerable en la administración de justicia. El mismo jefe de los fiscales penales de Tucumán decía todo lo contrario en enero de 2013. En el inicio del año judicial, negaba que esa causa estuviera dormida y expresaba a la prensa que disponía de un informe que justificaba los siete años transcurridos sin resultados: “la demora se debe a cuestiones técnicas y no al mal desempeño del fiscal Albaca”.
Lo impropio
¿Puede el funcionario que dictamina todos los casos que llegan a la Corte tener opiniones tan diametralmente opuestas sobre una misma cuestión en tan poco tiempo? ¿Y la doctrina de los actos propios? ¿Y la seguridad jurídica, que tiene como pilar fundamental la previsibilidad, es decir, que los miembros de la Justicia se pronunciarán de manera similar en casos similares?
El ejemplo
Por caso, ¿por qué Albaca no va a renunciar poniendo una condición que la Corte dice que es de imposible cumplimiento, como la jubilación, si el propio De Mitri sorprendió a medio Poder Judicial esta semana con una carta en la que se despide pero en la que no renuncia?
La cuestión
Y, ya que estamos, ¿por qué De Mitri no va a renunciar sin renunciar si el Superior Tribunal de Justicia de esta provincia permite que el renunciado Albaca siga desempeñándose en el cargo como si nunca hubiera renunciado? Porque lo cierto es que el fiscal presentó su dimisión y se la aceptaron. Si se puede retirar con el 82% móvil o no, es problema suyo y no puede ser una cuestión de Estado. Cuestión de Estado, en todo caso, es que Albaca siga administrando justicia después de lo hecho (y, sobre todo, de lo no hecho en el caso Lebbos), sólo porque no se puede jubilar, pese a una dimisión aceptada, que evidentemente sólo sirve para que no lo destituyan. ¿Desde los cargos públicos vitalicios de la judicatura, con salarios de seis cifras que no pagan Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales, no se alcanza a ver el descaro institucional de esta situación?
El inconsciente
En este contexto, las amenazas de muerte contra Diego López Ávila y Adriana Giannoni, los fiscales que hoy investigan la sedición policial de diciembre, son un hecho delictivo que funciona como suerte de inconsciente institucional: aquí corren riesgo los funcionarios judiciales que cumplen con sus deberes. Los demás tienen estabilidad y tranquilidad hasta después de renunciados.
El repudio
En el Poder Judicial no descartan que los deleznables intentos de coerción provengan de la Policía. Esa que tiene miembros a los cuales la Nación hace siete años señaló como responsables, por acción o por omisión, de que no se esclarezcan los secuestros de jóvenes tucumanas, como Marita. Esa que tiene miembros condenados por adulterar documentación en el caso de Paulina. Esa que tiene miembros que, después de amotinarse en diciembre y permitir saqueos y muertes en lo que llegó a ser el Estado Fracasado de Tucumán, recibieron un aumento salarial del 35% por parte del mandatario provincial. El mismo gobernador que acaba de repudiar las amenazas contra los fiscales...
El antecedente
La situación de ese funcionario judicial es una de las más documentadas faltas de respeto a la razonabilidad como principio jurídico básico por parte de un Gobierno presuntamente republicano. Por ello, no sólo desautoriza a las autoridades provinciales en el presente, sino que exhibe la peligrosa incoherencia de la cual ha sido capaz el oficialismo vernáculo en el pasado reciente. Porque el caso Albaca se da en Tucumán justo después de que el alperovichismo se autoproclamara enemigo de las causas penales impunes y sometiera a linchamiento público a los tres camaristas que dictaron, en 2012, el fallo absolutorio contra los 13 imputados por el secuestro y la desaparición en democracia de María de los Ángeles “Marita” Verón.
La advertencia
Esos magistrados dijeron que no podían condenar a los acusados de los delitos por los que estaban siendo juzgados porque la instrucción de la causa llevada adelante por la Policía de Tucumán lo hacía imposible. Confirmaron lo que seis años antes, el 27 de julio de 2006, había advertido por nota oficial al Estado tucumano la Coordinación del Programa Nacional Anti Impunidad, de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación: En el mejor de los casos, si la policía provincial nada tiene que ver con el secuestro y la desaparición de Marita y las niñas y mujeres sometidas a explotación sexual en Tucumán, resulta inapropiado requerirles una investigación sobre hechos y actores que no les resultan ajenos; no se trata de hechos aislados sino sistemáticamente cometidos.
Los paladines
A pesar de ello, el gobernador mandó que tronara el escarmiento contra esos jueces. José Alperovich, personalmente, rechazó las renuncias que, para tramitar sus jubilaciones, habían presentado Alberto Piedrabuena y de Emilio Herrera Molina. El mandatario quería que fueran echados. Y los legisladores del alperovichismo apuraron el juicio político contra Eduardo Romero Lascano. Y la Corte cometió el histórico papelón de designar en el jury de enjuiciamiento a Daniel Posse, que ya era presidente del Consejo Asesor de la Magistratura, con lo cual se incurría en una incompatibilidad establecida por ley. Lo que importaba no era la legalidad sino castigar a los que desobedecían lo que con absoluto descaro exigía la Casa Rosada. Como secretario de Justicia de la Nación, como funcionario de este Gobierno nacional, en nombre y representación de la presidenta de la Nación (Cristina Kirchner) es que le vengo a pedir al poder político de Tucumán; compuesto por los tres poderes del Estado, que resuelva el caso de Marita Verón. Que condene a los culpables, había dicho en junio pasado Julián Álvarez, como si esta no fuera una provincia soberana sino una estancia kirchnerista.
La disidencia
Al final, es obvio, hubo fallo condenatorio en el caso Verón, pero por votación dividida. Para condenar, debo tener certezas. Y la certeza es algo intransferible, propio. Me resultó moralmente inaceptable fijar una pena en un caso que no he juzgado, advirtió con coraje el camarista Emilio Páez de la Torre.
El sumario
Albaca, en contraste, está señalado como uno de los mayores responsables de que el asesinato de Paulina Lebbos, ocurrido a inicios de 2006, siga impune. Y a esto no lo dice sólo el padre de la víctima, el infatigable Alberto Lebbos, sino la valiente fiscala de camara Marta Jerez de Rivadeneira. Ante la gravedad de los sucesos, (Albaca) asumió un rol pasivo en la investigación ya que jamás cotejó y estudió los elementos aportados por la Policía y, menos aún, tomó medidas al respecto, manifestó en el sumario administrativo al fiscal de la II Nominación, que tuvo a su cargo la pesquisa durante siete años. La instructora dijo que Albaca procedió con negligencia e indolencia, y que actuó con ligereza. No fue diligente tratando de descubrir la verdad con la mayor brevedad posible sino que dejó que los avatares del proceso amortigüen el dolor y el clamor público, y que el paso del tiempo entretenga la investigación con el consiguiente peligro de que las pruebas se estropeen o se pierdan.
La contradicción
¿Qué pasó cuando Albaca presentó la renuncia a su cargo, condicionada a obtener el beneficio de la jubilación? El gobernador aceptó sin demora la dimisión del fiscal que, en un informe elevado a la Corte Suprema provincial el año pasado, reveló que una de sus ocho hipótesis investigativas en la “Causa Lebbos” era la de “los hijos del poder”.
La prevaricación
Inmediatamente, los legisladores oficialistas decidieron que era un buen momento para la prevaricación y resolvieron que esa renuncia a medias hacía caer los pedidos de juicio político que habían planteado, por separado, el diputado José Cano (UCR) y el legislador Alberto Colombres Garmendia (PRO). Jamás una dimisión condicionada puede frenar el proceso de destitución, porque puede que las condiciones invocadas por el funcionario para dejar su cargo no se cumplan. Eso fue exactamente lo que ocurrió. La Corte Suprema tucumana, mediante la acordada 343/14, le informó al Poder Ejecutivo que el fiscal Albaca, según la Anses, no reúne los requisitos para jubilarse. Lo cual plantea dos y sólo dos posibilidades respecto del oficialismo parlamentario en la comisión de Juicio Político: o no reúnen el único requisito que exige la Constitución para el ejercicio de un cargo público, la idoneidad; o si son idóneos y se prestaron de manera espuria a la estrategia de frenar -por razones inconfesables- la destitución del fiscal que dijo de Paulina: “Lebbos tenía tendencia a las relaciones sexuales casuales (...), en ocasiones era ‘intrépida’ (...) y capaz de emprender acciones temerarias”.
La denegatoria
Porque, como sostiene el legislador radical Ariel García, es difícil no sospechar que la inútil renuncia de Albaca fue una estrategia para desbaratar los planteos de remoción de la oposición, teniendo en cuenta que el funcionario judicial conocía desde hace un año y medio que no reunía los requisitos para obtener el 82% móvil. Según el opositor, mediante la Resolución 120/2013, del 28 de enero de 2013, la Unidad de Trámites Interjurisdiccionales ya le había denegado la jubilación.
La insistencia
Ahora, el PRO ha vuelto a la carga con su planteo para remover a Albaca. Y Albaca ha vuelto a insistir con su renuncia condicional. Esta columna accedió a la nota ingresada a las 19.05 del jueves en Casa de Gobierno (Expediente 1142/110-A-14), mediante la cual el fiscal informa que se encuentra realizando nuevos trámites ante la Anses a los fines de la obtención del beneficio previsional. En concreto, adjunta la obtención de un turno en la Anses para el próximo martes 20, a fin de tramitar el beneficio jubilatorio bajo el amparo de la Ley 24.018 (régimen previsional para magistrados y funcionarios judiciales), cumplimentando los recaudos exigidos por la normativa mencionada, entre ellos -reitero- la propia renuncia condicionada.
La pregunta
¿Los legisladores alperovichistas de Juicio Político van a volver a desestimar los planteos del fiscal que duda que Paulina haya sido asesinada por asfixia mediante estrangulamiento manual, como sostiene la primera autopsia, y que prefiere las hipótesis relativas a que Lebbos podría haber muerto por un ataque de asma combinado con el consumo de alcohol y, eventualmente, de sustancias tóxicas; la práctica de la autoasfixia durante la masturbación; o la práctica de la asfixia con una pareja?
El giro
¿Por qué el Poder Legislativo se va a privar del descaro, si el solemne Poder Judicial hace gala de él? El ministro fiscal, Luis De Mitri, acaba de elevar su dictamen no vinculante a la Corte en el contexto del sumario sustanciado por Jerez de Rivadeneira y ha dicho que Albaca, con su accionar (en el caso Lebbos), demostró que incurrió en conductas que evidencian el incumplimiento de sus deberes, lo que importa mal desempeño y la producción de un menoscabo intolerable en la administración de justicia. El mismo jefe de los fiscales penales de Tucumán decía todo lo contrario en enero de 2013. En el inicio del año judicial, negaba que esa causa estuviera dormida y expresaba a la prensa que disponía de un informe que justificaba los siete años transcurridos sin resultados: “la demora se debe a cuestiones técnicas y no al mal desempeño del fiscal Albaca”.
Lo impropio
¿Puede el funcionario que dictamina todos los casos que llegan a la Corte tener opiniones tan diametralmente opuestas sobre una misma cuestión en tan poco tiempo? ¿Y la doctrina de los actos propios? ¿Y la seguridad jurídica, que tiene como pilar fundamental la previsibilidad, es decir, que los miembros de la Justicia se pronunciarán de manera similar en casos similares?
El ejemplo
Por caso, ¿por qué Albaca no va a renunciar poniendo una condición que la Corte dice que es de imposible cumplimiento, como la jubilación, si el propio De Mitri sorprendió a medio Poder Judicial esta semana con una carta en la que se despide pero en la que no renuncia?
La cuestión
Y, ya que estamos, ¿por qué De Mitri no va a renunciar sin renunciar si el Superior Tribunal de Justicia de esta provincia permite que el renunciado Albaca siga desempeñándose en el cargo como si nunca hubiera renunciado? Porque lo cierto es que el fiscal presentó su dimisión y se la aceptaron. Si se puede retirar con el 82% móvil o no, es problema suyo y no puede ser una cuestión de Estado. Cuestión de Estado, en todo caso, es que Albaca siga administrando justicia después de lo hecho (y, sobre todo, de lo no hecho en el caso Lebbos), sólo porque no se puede jubilar, pese a una dimisión aceptada, que evidentemente sólo sirve para que no lo destituyan. ¿Desde los cargos públicos vitalicios de la judicatura, con salarios de seis cifras que no pagan Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales, no se alcanza a ver el descaro institucional de esta situación?
El inconsciente
En este contexto, las amenazas de muerte contra Diego López Ávila y Adriana Giannoni, los fiscales que hoy investigan la sedición policial de diciembre, son un hecho delictivo que funciona como suerte de inconsciente institucional: aquí corren riesgo los funcionarios judiciales que cumplen con sus deberes. Los demás tienen estabilidad y tranquilidad hasta después de renunciados.
El repudio
En el Poder Judicial no descartan que los deleznables intentos de coerción provengan de la Policía. Esa que tiene miembros a los cuales la Nación hace siete años señaló como responsables, por acción o por omisión, de que no se esclarezcan los secuestros de jóvenes tucumanas, como Marita. Esa que tiene miembros condenados por adulterar documentación en el caso de Paulina. Esa que tiene miembros que, después de amotinarse en diciembre y permitir saqueos y muertes en lo que llegó a ser el Estado Fracasado de Tucumán, recibieron un aumento salarial del 35% por parte del mandatario provincial. El mismo gobernador que acaba de repudiar las amenazas contra los fiscales...
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