28 Noviembre 2012
"INADMISIBLE". La medida cautelar que mantiene suspendida la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios, cuyo plazo vence el próximo 7 de diciembre. TELAM
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia dictó una nueva resolución complementaria mediante la cual ratiticó que el Grupo Clarín no puede recurrir al máximo tribunal y declaró "inadmisible" la solicitud de extensión de la medida cautelar que mantiene suspendida la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios, cuyo plazo vence el próximo 7 de diciembre.
La decisión adoptada por la Corte, que fue notificada oficialmente hoy, expresa que la petición "es inadmisible pues al tratarse de un planteo que, ante la resolución denegatoria dictada por el juez de primera instancia, se encuentra en trámite ante el tribunal de alzada competente con motivo de la apelación promovida por las peticionarias".
Por ello, agrega que "su consideración no corresponde a la jurisdicción apelada ni originaria de esta Corte (arts. 116 Y 117 de la Consti tución Nacional; arto 14, ley 48)". La resolución lleva las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higton de Nolasco, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. (Télam)
La decisión adoptada por la Corte, que fue notificada oficialmente hoy, expresa que la petición "es inadmisible pues al tratarse de un planteo que, ante la resolución denegatoria dictada por el juez de primera instancia, se encuentra en trámite ante el tribunal de alzada competente con motivo de la apelación promovida por las peticionarias".
Por ello, agrega que "su consideración no corresponde a la jurisdicción apelada ni originaria de esta Corte (arts. 116 Y 117 de la Consti tución Nacional; arto 14, ley 48)". La resolución lleva las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higton de Nolasco, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. (Télam)
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