16 Agosto 2012
CONTROLES. La AFIP busca reducir la evasión fiscal. FOTO PRENSA AFIP
BUENOS AIRES.- La Administración Federal de Ingresos Públicos lanzó un paquete de medidas que hoy fueron publicadas en el Boletín Oficial. Cada mes, colegios y consorcios deberán informar sobre quienes abonen más de $2.000 en concepto de cuotas, expensas en countries, barrios privados y edificios.
Según la Resolución 3369 de la AFIP, publicada por el diario Infobae, quedan bajo la obligación de consignar la información tributaria correspondiente los administradores que gestionen:
- Countries, barrios cerrados, barrios privados, clubes de campo, clubes de chacra, y urbanizaciones privadas que superen los 400 metros cuadrados y el importe de expensas o, en su caso, gastos determinados por todo concepto, resulte mayor o igual a $2000.
- Consorcios o edificios afectados por el régimen de propiedad horizontal cuando la superficie de los departamentos o unidades funcionales sea mayor o igual a 100 metros cuadrados y el monto de expensas (...) resulte mayor o igual a $2000.
- Los colegios de educación inicial, primaria y secundaria deberán informar también todos los meses la totalidad de los importes facturados o devengados en concepto de cuotas mensuales, iguales o superiores a $2000 por alumno, según establece la Resolución 3368 del organismo tributario. (Especial)
Según la Resolución 3369 de la AFIP, publicada por el diario Infobae, quedan bajo la obligación de consignar la información tributaria correspondiente los administradores que gestionen:
- Countries, barrios cerrados, barrios privados, clubes de campo, clubes de chacra, y urbanizaciones privadas que superen los 400 metros cuadrados y el importe de expensas o, en su caso, gastos determinados por todo concepto, resulte mayor o igual a $2000.
- Consorcios o edificios afectados por el régimen de propiedad horizontal cuando la superficie de los departamentos o unidades funcionales sea mayor o igual a 100 metros cuadrados y el monto de expensas (...) resulte mayor o igual a $2000.
- Los colegios de educación inicial, primaria y secundaria deberán informar también todos los meses la totalidad de los importes facturados o devengados en concepto de cuotas mensuales, iguales o superiores a $2000 por alumno, según establece la Resolución 3368 del organismo tributario. (Especial)
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