06 Abril 2012
SANTIAGO DE CHILE.- La Cámara de Diputados de Chile aprobó la mayoría de los artículos de una ley que sanciona la discriminación por la orientación sexual o religiosa de las personas, que comenzó su trámite parlamentario hace siete años, pero que fue agilizada tras la muerte de un joven homosexual a manos de supuestos neonazis, quienes están detenidos e imputados judicialmente por el crimen.
Los diputados, no obstante, rechazaron tres cambios propuestos por el Senado (cuerpo que aprobó la iniciativa en noviembre del año pasado), por lo que se deberán volver a discutir esos artículos en una comisión mixta de miembros de ambas Cámaras.
La ley se tramita en el Congreso desde 2005. El Gobierno de Sebastián Piñera agilizó su discusión tras la reciente muerte de Daniel Zamudio, un homosexual de 24 años que agonizó por tres semanas tras recibir una brutal golpiza por parte de un grupo homofóbico.
El texto ya aprobado por las dos instancias legislativas prevé: "se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o por particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de derechos fundamentales".
La normativa sanciona a los actores cuando la discriminación "se funde en motivos de raza o etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, participación en organizaciones gremiales, sexo, orientación sexual, la identidad de género, estado civil, edad, filiación, apariencia personal y enfermedad o discapacidad".
La Constitución chilena consagra el principio de igualdad, pero no establecía hasta ahora castigos específicos para quienes realizan actos de discriminación, penas que quedarán para ser fijadas por un juez penal.
La nueva normativa establece también como un deber del Estado el promover acciones para favorecer la no discriminación de ninguna persona en el territorio.
Puntos objetados
Los articulados rechazados tienen relación con las instancias judiciales que llevarán los juicios y otras cuestiones de procedimientos legales. Estas cuestiones serán modificadas en la comisión especial, que elevará un informe que será sometido a votación en ambas Cámaras del Congreso chileno.
"El hecho de que la norma se envíe a comisión mixta refleja claramente un interés por mejorarla, lo que es un salto cualitativo", expresó el Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh), que pidió que la norma lleve el nombre de Zamudio, como una suerte de homenaje póstumo. El presidente de esta agrupación, Rolando Jiménez, acusó a la Iglesia de lo ocurrido con el joven asesinado: "desde el punto de vista cultural, ético y moral, es responsable". Su afirmación fue inmediatamente refutada por el arzobispo de Santiago, Ricardo Ezzati, quien denunció que el Movilh quiere aprovecharse de la situación para impulsar otras leyes, como la del matrimonio homosexual.
"El Gobierno ha quedado satisfecho con la tramitación de un importante proyecto de ley para luchar contra la discriminación arbitraria, y garantizar el respeto a la igualdad de cada ser humano", afirmó, a su vez, el portavoz oficial, Andrés Chadwick. (AFP-DPA)
Los diputados, no obstante, rechazaron tres cambios propuestos por el Senado (cuerpo que aprobó la iniciativa en noviembre del año pasado), por lo que se deberán volver a discutir esos artículos en una comisión mixta de miembros de ambas Cámaras.
La ley se tramita en el Congreso desde 2005. El Gobierno de Sebastián Piñera agilizó su discusión tras la reciente muerte de Daniel Zamudio, un homosexual de 24 años que agonizó por tres semanas tras recibir una brutal golpiza por parte de un grupo homofóbico.
El texto ya aprobado por las dos instancias legislativas prevé: "se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o por particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de derechos fundamentales".
La normativa sanciona a los actores cuando la discriminación "se funde en motivos de raza o etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, participación en organizaciones gremiales, sexo, orientación sexual, la identidad de género, estado civil, edad, filiación, apariencia personal y enfermedad o discapacidad".
La Constitución chilena consagra el principio de igualdad, pero no establecía hasta ahora castigos específicos para quienes realizan actos de discriminación, penas que quedarán para ser fijadas por un juez penal.
La nueva normativa establece también como un deber del Estado el promover acciones para favorecer la no discriminación de ninguna persona en el territorio.
Puntos objetados
Los articulados rechazados tienen relación con las instancias judiciales que llevarán los juicios y otras cuestiones de procedimientos legales. Estas cuestiones serán modificadas en la comisión especial, que elevará un informe que será sometido a votación en ambas Cámaras del Congreso chileno.
"El hecho de que la norma se envíe a comisión mixta refleja claramente un interés por mejorarla, lo que es un salto cualitativo", expresó el Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh), que pidió que la norma lleve el nombre de Zamudio, como una suerte de homenaje póstumo. El presidente de esta agrupación, Rolando Jiménez, acusó a la Iglesia de lo ocurrido con el joven asesinado: "desde el punto de vista cultural, ético y moral, es responsable". Su afirmación fue inmediatamente refutada por el arzobispo de Santiago, Ricardo Ezzati, quien denunció que el Movilh quiere aprovecharse de la situación para impulsar otras leyes, como la del matrimonio homosexual.
"El Gobierno ha quedado satisfecho con la tramitación de un importante proyecto de ley para luchar contra la discriminación arbitraria, y garantizar el respeto a la igualdad de cada ser humano", afirmó, a su vez, el portavoz oficial, Andrés Chadwick. (AFP-DPA)
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