En un histórico fallo, la Corte ratificó que no son punibles los abortos por una violación

En un histórico fallo, la Corte ratificó que no son punibles los abortos por una violación

El máximo tribunal respaldó la decisión que había tomado la Corte de Chubut, que autorizó a una chica de 15 años a que interrumpiera su embarazo.

EL TRIBUNAL, A PLENO. Del fallo supremo se desprendería que no hace falta ninguna nueva ley para definir los abortos no punibles. NA EL TRIBUNAL, A PLENO. Del fallo supremo se desprendería que no hace falta ninguna nueva ley para definir los abortos no punibles. NA
13 Marzo 2012

BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia ratificó hoy, por amplia mayoría, el derecho de las mujeres  víctimas de violación a practicarse un "aborto no punible" con tan solo suscribir una "declaración jurada", sin "judilización" del caso. El fallo del máximo tribunal ratifica la vigencia del  artículo 86 del Código Penal inciso 2, vigente desde 1921 y, puntualmente, en el caso de la violación de una menor Chubut, a quien se le practicó un aborto autorizado por el máximo tribunal de esa provincia.

Se trata del caso de una joven chubutense que, cuando tenía 15 años, fue violada por su padrastro, y debió practicársele un aborto. Como se sabe, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se manifestado en distintas ocasiones en contra del aborto, pero este pronunciamiento no generaría conflictos entre los dos poderes.

"Siempre hay que tener en cuenta que se trata un caso puntual", deslizó uno de los magistrados de la Corte a la agencia Noticias Argentinas, durante el acto de inauguración del año judicial a principios de la semana pasada. El fallo contendría lineamientos que alejarían los abortos legalmente autorizados del pensamiento de jueces y de médicos, que suelen actuar de acuerdo con sus convicciones morales o religiosas.

A principios de marzo de 2010 el Superior Tribunal de Justicia de Chubut avaló el pedido de una adolescente de 15 años de Comodoro Rivadavia, cuyo nombre no se reveló por cuestiones legales, para interrumpir un embarazo producto de la violación.El fallo revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones, que había negado la autorización.

De este modo, confirmó que cualquier mujer, y no solo aquellas con discapacidad mental, tienen el derecho a terminar con una gestación fruto de un abuso.

En Argentina, los últimos años ofrecen una larga lista de mujeres (muchas de ellas niñas y adolescentes) que se vieron enredadas en un laberinto judicial ante la negativa de las instituciones públicas de salud a realizarles un aborto no punible. (NA-Télam-Especial)

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