02 Octubre 2011
Una de las 13 comisiones de trabajo de las XXIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil fue sobre la Incidencia de la ley 26.618 (de matrimonio igualitario) en el derecho de familia, un tema de trabajo que dividió las opiniones, expresadas en las votaciones de las propuestas de modificación del Código Civil.
Por caso, se puso en debate la constitucionalidad de la ley de matrimonio igualitario y surgieron dos despachos: el de mayoría, de 32 votos, declara inconstitucional dicha norma, y el de minoría, de 24 votos, afirma que el matrimonio entre personas del mismo sexo es constitucional. Asimismo, por 22 votos a favor contra ocho en contra esta comisión de expertos recomendó directamente derogar la ley 26.618 y establecer un régimen de convivencias asistenciales.
"A pesar de debatirse un tema polémico, el tratamiento de las ponencias, su debate, el intercambio entre los opinantes y los ponentes se desarrolló en un clima de cordialidad y respeto recíproco", dice el texto de las conclusiones, al que tuvo acceso LA GACETA.
La sala donde sesionó esta comisión, con capacidad para 320 personas, por momentos estuvo colmada, con estudiantes, profesionales y docentes. Según el texto de las conclusiones, llamó la atención el seguimiento sostenido del público, si bien sólo un porcentaje minoritario, de acuerdo con el reglamento, gozaba de voz y voto.
A la luz del derecho a la identidad del niño y de las normas civiles vigentes, en el caso de que una mujer casada con otra mujer diera a luz a un hijo, este debe considerarse extramatrimonial, dice una de las propuestas que recibió 29 votos a favor sobre ocho en contra.
Otro de los puntos dice que, en materia de filiación por naturaleza, el Código Civil consagra el sistema binario (padre-madre), por lo que en el caso de matrimonio entre dos mujeres o de dos mujeres convivientes, el hijo gestado por una de ellas no puede tener dos madres: la gestante es la única madre del nacido. Recibió 34 votos positivos y ocho negativos.
Con respecto a la tenencia, la propuesta de la comisión fue que debe conservarse la preferencia materna para los hijos menores de cinco años, y tuvo 22 votos a favor y 18 en contra.
En el tema del nombre se registraron coincidencias. Por mayoría, por ejemplo, se votó que en todos los tipos de filiación los padres podrán elegir el orden y composición del apellido de los hijos.
El trabajo de esta comisión, así como de las otras 12 de las jornadas, no es vinculante para la reforma del Código Civil.
Por caso, se puso en debate la constitucionalidad de la ley de matrimonio igualitario y surgieron dos despachos: el de mayoría, de 32 votos, declara inconstitucional dicha norma, y el de minoría, de 24 votos, afirma que el matrimonio entre personas del mismo sexo es constitucional. Asimismo, por 22 votos a favor contra ocho en contra esta comisión de expertos recomendó directamente derogar la ley 26.618 y establecer un régimen de convivencias asistenciales.
"A pesar de debatirse un tema polémico, el tratamiento de las ponencias, su debate, el intercambio entre los opinantes y los ponentes se desarrolló en un clima de cordialidad y respeto recíproco", dice el texto de las conclusiones, al que tuvo acceso LA GACETA.
La sala donde sesionó esta comisión, con capacidad para 320 personas, por momentos estuvo colmada, con estudiantes, profesionales y docentes. Según el texto de las conclusiones, llamó la atención el seguimiento sostenido del público, si bien sólo un porcentaje minoritario, de acuerdo con el reglamento, gozaba de voz y voto.
A la luz del derecho a la identidad del niño y de las normas civiles vigentes, en el caso de que una mujer casada con otra mujer diera a luz a un hijo, este debe considerarse extramatrimonial, dice una de las propuestas que recibió 29 votos a favor sobre ocho en contra.
Otro de los puntos dice que, en materia de filiación por naturaleza, el Código Civil consagra el sistema binario (padre-madre), por lo que en el caso de matrimonio entre dos mujeres o de dos mujeres convivientes, el hijo gestado por una de ellas no puede tener dos madres: la gestante es la única madre del nacido. Recibió 34 votos positivos y ocho negativos.
Con respecto a la tenencia, la propuesta de la comisión fue que debe conservarse la preferencia materna para los hijos menores de cinco años, y tuvo 22 votos a favor y 18 en contra.
En el tema del nombre se registraron coincidencias. Por mayoría, por ejemplo, se votó que en todos los tipos de filiación los padres podrán elegir el orden y composición del apellido de los hijos.
El trabajo de esta comisión, así como de las otras 12 de las jornadas, no es vinculante para la reforma del Código Civil.
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