27 Noviembre 2007
MADRID (Por Irene Benito, especial para LA GACETA). Los libros sobre política exterior y los recuerdos -entre ellos una foto con el ex canciller Rafael Bielsa- desbordan el despacho que el abogado tucumano Ricardo Arredondo ocupa en el segundo piso de la Embajada argentina en España. Allí atiende las tareas que le atañen en su doble condición de diplomático y profesor honorario de la Universidad Autónoma de Madrid.
La conversación con LA GACETA Tribunales, que comienza por los detalles técnicos de su desempeño al frente de la sección jurídica de la Embajada, deriva inevitablemente en una evaluación de los desafíos que, en el presente, incumben a la diplomacia. “La función del servicio exterior ha cambiado mucho. Como antes no existía internet, uno debía informar sobre lo que pasaba en el extranjero. Hoy eso está en la red, y el diplomático no puede convertise en una agencia de noticias. Pero sí debe añadir valor a la información mediante el análisis, la planificación y las sugerencias para la acción”, opina Arredondo.
El valor del diálogo
Pese a reconocer la magnitud de los cambios propiciados por las tecnologías de la información y la comunicación, Arredondo postula la importancia de conservar una estructura física internacional. Explica: “una cosa es leer las noticias y otra, vivir en el país extranjero. El contacto interpersonal es irreemplazable. Y si uno no está en ese lugar, es invisible. No hay capacidad de influir sobre lo que ocurre y de aprovechar las oportunidades”.
Partidario de una diplomacia de colaboración, asegura que toda política exterior fundada en el diálogo requiere tiempo para ser efectiva. Según su criterio, la capacidad para pensar la política a largo plazo y para el análisis geopolítico están amenazadas por el exceso de jerarquización en los procesos de toma de decisiones y las consiguientes trabas administrativas.
Enredo interminable
En Londres conoció de primera mano la célebre política de seducción que, durante los 90, el canciller menemista Guido Di Tella intentó desplegar ante el Reino Unido por la cuestión de la soberanía de las Islas Malvinas. En Madrid gestionó el pedido judicial de captura de María Estela Martínez de Perón, ocurrido en enero de este año. El hablar sereno y pausado de Arredondo -quien todavía conserva el característico acento del español del norte argentino- no pone de manifiesto el enorme peso de su experiencia en el servicio exterior del país, ni el rol esencial que cumple en la facilitación del vínculo judicial entre España y la Argentina.
Prefiere explayarse sobre las cuestiones de la rutina, como, por ejemplo, la tramitación de la veintena de exhortos y cartas rogatorias que semanalmente envían los jueces argentinos a sus pares españoles en materia laboral, civil, comercial y penal. “Estos son pedidos específicos dentro de las causas que tramitan en la Justicia. Lo normal es que haya que producir una prueba o realizar una notificación en España”, señala.
Lo simple y lo complejo
El asunto parece de lo más sencillo pero, como ocurre a menudo -y sobre todo en materia tribunalicia-, las apariencias engañan. Sucede que, no obstante a que entre España y la Argentina impera una prolífica colaboración judicial, la tramitación de un exhorto en las tierras cervantinas insume, en promedio, un año. “Esta demora es algo que a menudo me toca explicar a los jueces argentinos, que mandan un exhorto y al mes preguntan cuál es el estado del trámite. Pero, en verdad, el proceso es muy largo”, advierte Arredondo.
El circuito comienza en la Argentina, cuando el juez envía el exhorto a la autoridad central, que es el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta, a su vez, remite el documento a la Embajada. “Nosotros lo enviamos al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España; de allí pasa al Ministerio de Justicia. Como en este país la organización es unitaria, el exhorto es destinado al Decanato que corresponda, que es la cabecera de jurisdicción equivalente a las Cortes Supremas provinciales que hay en la Argentina”, prosigue Arredondo, casi sin aliento. Pero el trámite no concluye ahí porque el Decanato en cuestión, a su vez, lo gira al juez que corresponde por su jurisdicción. “Luego el exhorto debe recorrer el camino inverso. Es curioso pero, en el contexto internacional, todavía no hay recursos digitales para mejorar los tiempos que insumen estos trámites”, se sincera.
Similitudes, sobre todo
El diplomático tucumano también debe lidiar con los problemas que conlleva la ausencia de un convenio de ejecución de sentencias entre España y la Argentina. Pero pese a los inconvenientes, esta labor jurídica coloca a Arredondo en una posición estratégica para comparar los sistemas judiciales de ambos países. “Nos acerca la base romanista que tenemos en común”, comenta.
Rápidamente el consejero describe los proyectos que el Ministerio de Justicia de España ha anunciado con la intención de introducir algunos cambios en el Poder Judicial, particularmente en lo que se refiere al acceso a la magistratura -que en la actualidad supone el paso por una escuela-, a la creación de una Justicia de proximidad y al establecimiento de un marco para el cambio de las leyes procesales en lo concerniente al recurso de casación. Según Arredondo, al igual que la Justicia argentina, la española tiene un gran volumen de trabajo. Especifica: “eso le creó ciertas demoras. La diferencia está en que este es un Poder Judicial dotado de mayores recursos que dispone de una infraestructura apropiada”.
Las diferencias
Arredondo reconoce que su cuna en materia de Derecho Internacional Público es la cátedra del mismo nombre de la la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán, y es un conocedor de los sistemas judiciales europeos. “Hasta ahora, en España hay una especie de Consejo de la Magistratura que se llama Consejo General del Poder Judicial, que tiene su propio órgano de selección de jueces y funciona de un modo similar al nuestro. Pero, a diferencia de nosotros, los candidatos a ocupar las vacantes judiciales deben pasar por una escuela”.
Luego, el abogado explica que en Gran Bretaña, donde ejerció la misma función, una sola persona (el denominado Lord Chancellor) concentra las funciones de ministro de Justicia, la máxima autoridad del Poder Judicial y miembro del Poder Legislativo, de la Cámara de los Lores. “Cuando volví a la Argentina me invitaron a explicar cómo funciona este sistema. Hay jueces para las llamadas causas de menor cuantía, pero que ni siquiera son abogados. Pueden ser arquitectos que, cuando se produce una causa de menor cuantía, los llaman y juzgan. También tienen un sistema de formación de jueces, pero es totalmente distinto al nuestro. En España, en cambio, el sistema es similar al nuestro”, describe.
La conversación con LA GACETA Tribunales, que comienza por los detalles técnicos de su desempeño al frente de la sección jurídica de la Embajada, deriva inevitablemente en una evaluación de los desafíos que, en el presente, incumben a la diplomacia. “La función del servicio exterior ha cambiado mucho. Como antes no existía internet, uno debía informar sobre lo que pasaba en el extranjero. Hoy eso está en la red, y el diplomático no puede convertise en una agencia de noticias. Pero sí debe añadir valor a la información mediante el análisis, la planificación y las sugerencias para la acción”, opina Arredondo.
El valor del diálogo
Pese a reconocer la magnitud de los cambios propiciados por las tecnologías de la información y la comunicación, Arredondo postula la importancia de conservar una estructura física internacional. Explica: “una cosa es leer las noticias y otra, vivir en el país extranjero. El contacto interpersonal es irreemplazable. Y si uno no está en ese lugar, es invisible. No hay capacidad de influir sobre lo que ocurre y de aprovechar las oportunidades”.
Partidario de una diplomacia de colaboración, asegura que toda política exterior fundada en el diálogo requiere tiempo para ser efectiva. Según su criterio, la capacidad para pensar la política a largo plazo y para el análisis geopolítico están amenazadas por el exceso de jerarquización en los procesos de toma de decisiones y las consiguientes trabas administrativas.
Enredo interminable
En Londres conoció de primera mano la célebre política de seducción que, durante los 90, el canciller menemista Guido Di Tella intentó desplegar ante el Reino Unido por la cuestión de la soberanía de las Islas Malvinas. En Madrid gestionó el pedido judicial de captura de María Estela Martínez de Perón, ocurrido en enero de este año. El hablar sereno y pausado de Arredondo -quien todavía conserva el característico acento del español del norte argentino- no pone de manifiesto el enorme peso de su experiencia en el servicio exterior del país, ni el rol esencial que cumple en la facilitación del vínculo judicial entre España y la Argentina.
Prefiere explayarse sobre las cuestiones de la rutina, como, por ejemplo, la tramitación de la veintena de exhortos y cartas rogatorias que semanalmente envían los jueces argentinos a sus pares españoles en materia laboral, civil, comercial y penal. “Estos son pedidos específicos dentro de las causas que tramitan en la Justicia. Lo normal es que haya que producir una prueba o realizar una notificación en España”, señala.
Lo simple y lo complejo
El asunto parece de lo más sencillo pero, como ocurre a menudo -y sobre todo en materia tribunalicia-, las apariencias engañan. Sucede que, no obstante a que entre España y la Argentina impera una prolífica colaboración judicial, la tramitación de un exhorto en las tierras cervantinas insume, en promedio, un año. “Esta demora es algo que a menudo me toca explicar a los jueces argentinos, que mandan un exhorto y al mes preguntan cuál es el estado del trámite. Pero, en verdad, el proceso es muy largo”, advierte Arredondo.
El circuito comienza en la Argentina, cuando el juez envía el exhorto a la autoridad central, que es el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta, a su vez, remite el documento a la Embajada. “Nosotros lo enviamos al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España; de allí pasa al Ministerio de Justicia. Como en este país la organización es unitaria, el exhorto es destinado al Decanato que corresponda, que es la cabecera de jurisdicción equivalente a las Cortes Supremas provinciales que hay en la Argentina”, prosigue Arredondo, casi sin aliento. Pero el trámite no concluye ahí porque el Decanato en cuestión, a su vez, lo gira al juez que corresponde por su jurisdicción. “Luego el exhorto debe recorrer el camino inverso. Es curioso pero, en el contexto internacional, todavía no hay recursos digitales para mejorar los tiempos que insumen estos trámites”, se sincera.
Similitudes, sobre todo
El diplomático tucumano también debe lidiar con los problemas que conlleva la ausencia de un convenio de ejecución de sentencias entre España y la Argentina. Pero pese a los inconvenientes, esta labor jurídica coloca a Arredondo en una posición estratégica para comparar los sistemas judiciales de ambos países. “Nos acerca la base romanista que tenemos en común”, comenta.
Rápidamente el consejero describe los proyectos que el Ministerio de Justicia de España ha anunciado con la intención de introducir algunos cambios en el Poder Judicial, particularmente en lo que se refiere al acceso a la magistratura -que en la actualidad supone el paso por una escuela-, a la creación de una Justicia de proximidad y al establecimiento de un marco para el cambio de las leyes procesales en lo concerniente al recurso de casación. Según Arredondo, al igual que la Justicia argentina, la española tiene un gran volumen de trabajo. Especifica: “eso le creó ciertas demoras. La diferencia está en que este es un Poder Judicial dotado de mayores recursos que dispone de una infraestructura apropiada”.
Las diferencias
Arredondo reconoce que su cuna en materia de Derecho Internacional Público es la cátedra del mismo nombre de la la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán, y es un conocedor de los sistemas judiciales europeos. “Hasta ahora, en España hay una especie de Consejo de la Magistratura que se llama Consejo General del Poder Judicial, que tiene su propio órgano de selección de jueces y funciona de un modo similar al nuestro. Pero, a diferencia de nosotros, los candidatos a ocupar las vacantes judiciales deben pasar por una escuela”.
Luego, el abogado explica que en Gran Bretaña, donde ejerció la misma función, una sola persona (el denominado Lord Chancellor) concentra las funciones de ministro de Justicia, la máxima autoridad del Poder Judicial y miembro del Poder Legislativo, de la Cámara de los Lores. “Cuando volví a la Argentina me invitaron a explicar cómo funciona este sistema. Hay jueces para las llamadas causas de menor cuantía, pero que ni siquiera son abogados. Pueden ser arquitectos que, cuando se produce una causa de menor cuantía, los llaman y juzgan. También tienen un sistema de formación de jueces, pero es totalmente distinto al nuestro. En España, en cambio, el sistema es similar al nuestro”, describe.